En la Gaceta Oficial N.° 6504 extraordinaria, de fecha 14 de enero de 2020, el régimen de Nicolás Maduro publicó el decreto presidencial N.° 4096. Esta normativa oficializó el cobro de los servicios y tasas en petros en entidades estatales que pueden manejar divisas.
El artículo 4 establece que los servicios desconcentrados y entes descentralizados acreedores de pagos en moneda extranjera por concepto de tasas, contribuciones, tarifas, comisiones, recargos y precios públicos liquidarán y cobrarán tales obligaciones monetarias en petros.
Las medidas se ejecutarán en organismos como los siguientes:
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Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).
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Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren).
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Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI).
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Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos (INEA).
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Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC).
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Bolivariana de Aeropuertos (BAER).
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Bolivariana de Puertos (Bolipuertos).
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Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía (IAIM).
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Instituto Nacional de Canalizaciones (INC).
Maduro dio la información durante la rendición de la Memoria y Cuenta este martes ante la cuestionada asamblea nacional constituyente.
«Todos los servicios de la República Bolivariana de Venezuela que actualmente estén cobrando tasas y comisiones en divisas comenzarán a cobrarse en petros», dijo en cadena de radio y televisión.
Afirmó que la plataforma Patria será adecuada para facilitar la compra e intercambio de la criptomenda, para luego cancelar ante las instituciones del Estado.
Maduro aprovechó para hacer referencia a la instauración de una tarjeta para transferir petros.
«Compran su tarjeta en petro, con divisas convertibles, no en bolívares, sino con dólares, euros, yuanes, rublos, rupias, y procede a echar su gasolina con su petro. Una maravilla», expresó.