El Ministerio de Petróleo, mediante la Gaceta Oficial N° 42.667, de fecha 10 de julio de 2023, fijó tarifas planas en dólares correspondientes a los fletes para el transporte terrestre de productos derivados de hidrocarburos, entre ellos el combustible que se distribuye en el país.
La medida, que deroga la Resolución No. 112, de fecha 11 de octubre de 2013, establece que estas tarifas incluyen los gastos de administración y utilidad, y podrán ser pagadas en bolívares.
La normativa previa establecía tarifas de fletes en bolívares y segmentaba el precio según localidades. Con la nueva resolución los precios son fijados desde las plantas de suministro propiedad de Petróleos de Venezuela (Pdvsa) hasta los puntos de expendio en el mercado interno y clientes finales.
La nueva directriz solo hace distinción entre rutas planas y montañosas, diferenciando los traslados cortos, por debajo de los 750 kilómetros (km), y los largos, por encima de los 750 km.
En la escala 1 desde 0 km hasta los 750 km, la tarifa plana tendrá un costo de 1.9951 dólares, mientras que la de montaña se ha fijado en 2.1946 dólares.
En la escala 2 desde 750 km en adelante, la tarifa plana tendrá un costo de 1.4396 dólares, mientras que la de montaña se ha fijado en 1.5836 dólares.
Esta resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha.