El Banco Central de Venezuela (BCV) determinará los billetes y monedas del actual cono monetario que podrán circular junto con el Bolívar Soberano a partir del próximo 04 de agosto, cuando entre en vigencia la reconversión monetaria.
«El Banco Central de Venezuela determinará mediante resolución de su directorio las denominaciones de los billetes y monedas metálicas por él emitidos, representativos de la unidad monetaria actual, que podrán circular con posterioridad al 4 de agosto de 2018, conservando su poder liberatorio hasta que sean desmonetizados conforme a lo que indique dicho Instituto Emisor», indica el decreto presidencial publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.379.
La reconversión monetaria consiste en la transformación paulatina del signo monetario a una escala nueva. Por tal motivo, a partir del próximo 4 de agosto se reducirán tres ceros a la moneda actual sin perder su valor adquisitivo.
Este proceso está acompañado por la implementación de un nuevo cono monetario, que se identificará como Bolívar Soberano, compuesto por monedas de 0,5 céntimos y un bolívar, así como billetes de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 bolívares.
El objetivo es lograr que en este lapso las instituciones financieras, públicas y privadas, puedan completar todas las acciones oportunas y necesarias para adaptar sus plataformas y equipos tecnológicos, a fin de poner en funcionamiento, y en condiciones óptimas, el nuevo cono monetario, y de esta forma facilitar las transacciones financieras de la población.
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