La virulenta guerra por la herencia del «genio del fútbol mundial», que ya se abrió la semana pasada con dos presentaciones en la capital y en San Isidro, viene desde hace años. Corría 2012 y Diego Maradona intentaba bloquear cualquier intento de otros hijos -concretamente, Diego Junior, nacido de la relación que tuvo con Cristiana Sinagra, ya que Jana apareció después de esta determinación y Verónica Ojeda estaba embarazada de Diego Fernando- de disputarle el lugar de privilegio a Dalma Nerea y Gianinna Dinorah, fruto del matrimonio con Claudia Rosana Villafañe.
Entonces, para blindar su patrimonio en la medida de lo posible, decidió dictar un testamento en el cual declaraba como herederas solo a ellas, destinando el porcentaje máximo legalmente permitido, por encima de los otros hijos extramatrimoniales que aparecieran.
Pero como el devenir de amores y odios fueron una constante en la vida de Maradona, en 2016 se hartó de que tanto Dalma como Gianinna respaldaran a Claudia, su madre, en medio de una feroz disputa judicial con Villafañe, su exesposa, que en ese momento había sido sobreseída en la causa por retención de 458 objetos personales (camisetas, pelotas, botines, trofeos).
También se agregaba a su fastidio el hecho de que en los Estados Unidos tramitaba una causa que había ordenado impulsar el propio Diego a través de su abogado, Matías Morla, y un equipo de colaboradores norteamericanos por la compra de departamentos en Miami en la que Claudia figuraba en los papeles como soltera, estando casada.
La anulación, pedida por Maradona
Maradona dijo entonces que pedía la anulación del testamento que, según sus propios dichos, habría firmado contra su voluntad. Diego trabajaba como técnico en Dubai cuando decidió la revocación y La Nación tuvo acceso a esos documentos, redactados en árabe, que fueron remitidos a la embajada argentina en los Emiratos Árabes Unidos para, finalmente, recalar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en nuestro país, con la traducción correspondiente, encabezado bajo el título «Traducción Pública: Notificación por anulación de testamento para ser utilizado en la República Argentina».
«Es traducción fiel al castellano de las partes redactadas en idioma árabe del documento adjunto que he tenido a la vista y al cual me remito con firma y sello en la ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de abril de 2016», reza el paper rubricado por Hind Chaya, Traductora Pública Árabe-Español.
Y dice: «Dubai, Emiratos Árabes Unidos, el día veintisiete del mes de marzo de dos mil dieciséis, se presentó ante mí la persona cuyos datos personales se detallan a continuación:
«El notificante: Diego Armando Maradona, de nacionalidad argentina, nacido el 30 de octubre de 1960, estado civil divorciado de su primera esposa Claudia Rosana Villafañe, titular de pasaporte ?, documento nacional de identidad número?, domiciliado en Nakhlet Al Jumeirah – Alsofa 0, Casa 37, Dubai, Emiratos Árabes Unidos, considerando que es deseo del notificante:
1) Anular su testamento, otorgado antes del día de la fecha, a través de la nota número 159 de fecha 19 de julio de 2012, folio 529, del registro número 618 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el escribano Rodolfo Héctor Longo.
2) Autorizar expresamente a la escribana Sandra Verónica Iampolski, titular de registro número? en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, matrícula número?, para que proceda a inscribir esta anulación ante el Registro de Actos de Última Voluntad, pudiendo inscribir y firmar toda documentación necesaria para tal fin?
Y, finalmente, se dispone:
«El notificante [Diego Armando Maradona], firmante al pie de la presente, notifica la anulación del testamento mencionado a partir de la fecha de la presente notificación, y lo considera improductivo de efectos legales, advirtiendo actuar en virtud del mismo, bajo apercibimiento por todas las responsabilidades civiles y penales, si se constatara una actuación en virtud del testamento a partir del día de la fecha. Reciban mi mayor respeto». Al pie del documento impreso en la bella grafía árabe, y junto al sello de la Corte de Dubai, aparece, en tinta azul, la rúbrica de Maradona.
El 16 de junio de 2016, la documentación quedó finalmente incorporada en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en la División Registro de Actos de Última Voluntad, a través de un formulario bajo el título: «Inscripción de otorgamiento y/o revocatoria de testamento y designación de tutor (Ley 404/00, art. 161)».
A partir de aquella determinación de Diego Maradona, todos sus hijos quedaron en igualdad de condiciones ante la ley en lo relativo a la sucesión. Vale aclarar que tramitan actualmente dos expedientes de filiación interpuestos por Magalí Gil y Santiago Lara. Será entonces la Justicia la que deberá resolver las causas pendientes por parte de quienes pretender ser reconocidos como hijos -y herederos- del Diez.
En paralelo, y como publicó La Nación anteayer, también resta determinar con exactitud la magnitud de los bienes a distribuir entre ellos.