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Posibilidad de revisar los beneficios salariales del salario mínimo

por Avatar EL NACIONAL WEB

El ministro del poder popular para el proceso social trabajo, Eduardo Piñate Rodríguez, impartió, mediante memorándum-circular, los lineamientos para ser implementados en las negociaciosnes colectivas de trabajo en el marco del programa de recuperación, crecimiento y prosperidad económica.

El acto administrativo, publicado el 11 de octubre de 2018, permite revisar los beneficios socioeconómicos acordados por los patronos o pactados con los trabajadores, si la aplicación de los mismos pone en riesgo la fuente de trabajo o el proceso social de trabajo.

En tal sentido, diferencia a los trabajadores amparados por convenciones colectivas y trabajadores no amparados por convenciones colectivas.

La norma parte de las siguientes premisas:

Por otro lado, se crea una Comisión de Control y Seguimiento de las Convenciones Colectivas de Trabajo, que tiene como principal propósito proteger y garantizar el cumplimiento y la racionalización de los beneficios laborales de manera que se protejan las fuentes de trabajo.

Los aspectos resaltantes de la norma son:

Con referencia a los trabajadores no amparados por convenciones colectivas:

Sobre el Bono de Alimentación Socialista, se debe garantizar, en principio, el decretado y podrán revisarse valores superiores pactados, siempre y cuando se constate que la fuente de trabajo peligra.

En resumen, la norma establece la posibilidad de “desmejorar” o reducir, en cuanto a monto o valor se refiere, aquellos beneficios acordados unilateralmente por los patronos, cuando resulten onerosos o de difícil cumplimiento para la entidad de trabajo y pongan en riesgo la fuente de trabajo.

Toda revisión se hará en mesas técnicas, estén los trabajadores amparados por convención colectiva o no, ante el Ministerio del Trabajo, con representación del patrono, los trabajadores o las organizaciones sindicales. Las decisiones se tomarán de forma consensuada y en protección de las fuentes de empleo y del ingreso de los trabajadores.

Acompañamos la norma comentada y nos suscribimos a sus órdenes para cualquier aclaratoria.