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Lapso para seleccionar integrantes de los Organismos Electorales Subalternos vence el 31 de marzo

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El lapso legal para seleccionar a los electores que integrarán los Organismos Electorales Subalternos (OES) de la Junta Nacional Electoral (JNE) vence el próximo 31 de marzo. Así lo informó la Asociación Civil Súmate mediante un comunicado de prensa.

Hasta el próximo viernes el directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE) puede elegir las 24 Juntas Regionales Electorales, las 335 Juntas Municipales Electorales y las 71 Juntas Parroquiales Electorales para las más de 29 mil mesas de votación.

Súmate indicó que desconoce el estatus de las acciones previas al sorteo, que ya deberían haberse llevado a cabo. Entre ellas, la elaboración de las listas de elegibles a cumplir con el servicio electoral y su envío para la revisión y depuración a la Comisión de Registro Civil y Electoral. Además, de la estimación del número de miembros que se requieren para integrar los OES. También la depuración de las listas de los elegibles para cumplir con el servicio electoral, que es responsabilidad de la Comisión de Registro Civil y Electoral.

«(Esto) Podría ser un indicador de que el directorio del CNE tampoco cumplirá este año 2023, como no lo hizo en 2022, con su deber de realizar el sorteo para la selección de los electores que deben prestar el Servicio Electoral Obligatorio en los OES», reza el comunicado.

A su juicio, al incumplir con este requerimiento, el directorio del CNE transgrede los artículos 134 de la Constitución, 50 de la Ley Orgánica del Poder Electoral, y 97 y 98 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Sustitución de vacantes

La ONG advirtió a los rectores que, de incumplir con esta obligación, deberán explicar cómo resolverá la integración de los OES que deben instalarse para realizar las elecciones que sustituirán las vacantes absolutas de funcionarios electos popularmente que se produjeron este año.

Mencionó los casos de los alcaldes de los municipios Federación, en Falcón, y Juan José Rondón, en Guárico, quienes fallecieron en febrero pasado. Además, del caso de los alcaldes de Independencia, en Anzoátegui, y Jesús María Semprún, en Zulia, quienes excedieron el tiempo legal máximo de 90 días continuos de separación de estos cargos.

Procedimiento

Mediante una carta enviada al ente rector, Súmate les recordó que el procedimiento para elegir a los integrantes de los OES debe cumplir con el respeto a los mecanismo de selección mediante sorteo aleatorio en forma automatizada, que debe cumplir con lo establecido en el artículo 55 de la LOPE. Además, no debe poseer ningún tipo de condicionamiento y debe incluir a todos los electores elegibles. «Debe evitar hacer discriminaciones y/o excepciones, más allá de las contempladas en la LOPE y en la LOPRE, a los efectos del cumplimiento del servicio electoral obligatorio», agregó.

Igualmente, mencionó que se debe cumplir con la designación del rector principal que cubrirá la falta absoluta de la exrectora Tania D´Amelio, quien fue jubilada el 25 de abril de 2022 y cumple actualmente cómo magistrada principal del Tribunal Supremo de Justicia.

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