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Prorrogan las exoneraciones del IGTF a operaciones bursátiles, remesas y otras transacciones

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El gobierno de Nicolás Maduro prorrogó por un año las exoneraciones de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), cuya alícuota es de 3%, a operaciones bursátiles, remesas y otras transacciones.

De acuerdo con el nuevo instrumento, publicado en la Gaceta Oficial N° 42.575, fechada el 23 de febrero pasado, quedan exentas de este tributo:

  • «La compra, venta y transferencia de la custodia en títulos valores emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, así como los débitos o retiros relacionados con la liquidación del capital o intereses de los mismos y los títulos negociados a través de las bolsas de valores y bolsa agrícola, realizados en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela».
  • «Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas«.
  • «Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales e internacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales».
  • «Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país o en criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos por la República Bolivariana de Venezuela, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están calificados como sujetos pasivos especiales«.
  • «Las remesas enviadas desde el exterior, a través de instituciones autorizadas para el efecto«.

Estas exenciones del IGTF son las misma aplicadas en el decreto original de promulgación del tributo que, tras un año de aplicación, ha generado polémicas permanentes.

La Gaceta Oficial N° 6.687 Extraordinario, con fecha 25 de febrero de 2022, contempla una alícuota de entre 2% y 8% para pagos en dólares o criptomonedas, realizados por personas naturales, jurídicas o entidades económicas, que se efectúen en el sistema bancario nacional.

El valor para el impuesto a los pagos realizados con dólares en efectivo a personas calificadas como sujeto pasivo especial refleja una variación que va desde 2% hasta 20%. Además, se menciona un monto de 3% para los contribuyentes que trabajen con este mismo tipo de transacciones.

El IGTF también afecta a las transacciones realizadas a través de plataformas de pago como Paypal, Zelle, Binance y Reserve, entre otras, en las que predomina el uso de la divisa estadounidense.

 Con información de Banca y Negocios  

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