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Tribunal prohíbe a fundación participar en la Súperliga de Baloncesto como Guaiqueríes de Margarita

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Una nueva decisión emanada el 26 de abril de 2022, por parte del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Terrestre y Marítima de la Circunscripción Judicial del Estado. Nueva Esparta, ratificó la titularidad de los Guaiqueríes de Margarita BBC, S.A., a la familia Tovar Mata.

A petición de los representantes legales el mencionado juzgado dictó medida innominada por la cual ordenó a la Fundación Guaiqueríes de Margarita, que ha venido utilizando y usurpando como suyo al equipo Guaiqueríes de Margarita, abstenerse de participar y jugar en campeonatos, torneos, juegos profesionales organizados por la Liga Profesional de Baloncesto, la Super Liga Profesional de Baloncesto y todos aquellos campeonatos profesionales de esa disciplina deportiva.

Igualmente, el 3 de junio de 2022 el Tribunal Primero de Municipio Ordinaria y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta procedió a notificar formalmente a la Fundación Guaiqueríes de Margarita, en cuanto a la prohibición de utilizar el respectivo nombre por encontrarse vigente la medida dictada en primera instancia.

Las recientes decisiones tribunalicias son dictadas tras el incumplimiento de las sentencias de fecha 17 de abril de 2018 emitida por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual anuló todos los actos administrativos dictados en razón de la expropiación del equipo Guaiqueríes de Margarita y por los cuales en su momento se nombró coordinación técnica del equipo, la cual fenece una vez el máximo tribunal dictaminó que no es un bien necesario y por ende devuelve el equipo a sus legítimos dueños.

Posteriormente, el 3 de marzo de 2020 la misma Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordenó la ejecución forzosa de la sentencia que en fecha 17 de abril de 2018 devuelve a su legítimo propietario el equipo y otorga un lapso de 30 días consecutivos al Ministerio del Poder Popular para la Juventud y el Deporte entregue el equipo a su propietario.

Con información de nota de prensa.

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