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Acercamiento a Max Weber

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Por CORINA YORIS-VILLASANA

Encarar un artículo sobre Max Weber representa un gran reto y un fuerte compromiso. Reto, porque son muchos los buenos escritos sobre él y su obra; compromiso, porque ha sido calificado como uno de los más importantes pensadores de los siglos XIX y XX, y, dada su intensa labor académica en el área de las ciencias sociales, se le considera el padre de la sociología. Pero Weber no solo trabajó la sociología, sino que analizó y dio frutos en áreas como el derecho, la economía y, por supuesto, la historia. De innegable valor epistemológico es el estudio que llevó a cabo para mostrar cómo se configuró el contexto sociocultural de la época que, en definitiva, facilitó el progreso del capitalismo. En la actualidad, a 122 años de su muerte, Weber es un insoslayable referente en diversas disciplinas.

Nació en Erfurt, Prusia, en 1864, y falleció en Múnich, Baviera, en 1920. El ser hijo de un notorio jurista y político del Partido Liberal Nacional le permitió conocer desde su infancia a personajes de la política alemana. Realizó sus estudios en las universidades de Heidelberg, Berlín y Gotinga, y sus intereses, como hemos apuntado, se centraron en múltiples materias. Ejerció la docencia en varias universidades, principalmente en Heidelberg; solo se separa de su cátedra entre los años 1898 y 1906, debido a fuertes ataques depresivos, según se lee en distintas biografías del gran pensador alemán. Precisamente, en una de ellas, (Fernández, Tomás y Tamaro, Elena. Biografía de Max Weber) se puede leer que, si se quiere describir a Weber políticamente, se podría decir que fue un liberal democrático y reformista, quien, además, apoyó la fundación del Partido Demócrata Alemán. En esa vida política de Max Weber suele citarse que censuró fuertemente los empeños de Alemania por ampliar su dominio sobre otros territorios en la Primera Guerra Mundial (1914-1918); una vez terminada la guerra y Alemania quedar derrotada, Weber lleva a cabo varias acciones políticas que le dieron mucho prestigio; formó parte importante del comité de especialistas que representó a su país en la Conferencia de Paz de París (1918); a ello se le suma que participó activamente junto a Hugo Preuss en la redacción de la Constitución republicana de Weimar  en el año 1919.

Hay diferentes e interesantes aspectos y temas que pueden ser comentados en un escrito sobre sus aportes, pero me he decantado por trazar algunas pinceladas sobre el tema de la legitimidad y legalidad, materia de innegable importancia en los momentos históricos que transitamos, así como también comentaré brevemente su obra La ética protestante y el espíritu del capitalismo, tan erróneamente leído y comentado muchas veces.

El concepto de legitimidad que utiliza Weber se relaciona con las nociones de orden y dominación, entendiendo que ambas son legítimas. Define ‘dominación’ como «la probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos (o para toda clase de mandatos)». Previamente, ha definido el Estado como “una organización política de carácter institucional y continuado” en la que “su aparato administrativo reclama con éxito el monopolio de la fuerza legítima para la realización del ordenamiento vigente”. Es importante resaltar que en Weber en la definición de Estado citada aparece la noción de uso legítimo de la fuerza.

¿Qué entiende por «orden legítimo»? Es un orden encauzado por postulados de acción que son reconocidos como obligatorios o, en breves palabras, «modelos de conducta». De ahí que la legitimidad, en definitiva, se fundamenta en la «creencia en la legitimidad». De tal manera que la noción de las relaciones sociales, entendidas así, alineadas con la creencia de la existencia de un orden legítimo trae consigo una consecuencia altamente valiosa, y no es otra que la garantía de preservar la observancia de tal orden. Resumiendo, un orden considerado legítimo posee un fuerte poder de convocatoria, así como una significativa eficiencia en la práctica, mostrando un peso mayor que un orden fundado solo en la mera coacción.

En pocas palabras, Weber señala que la legitimidad está asentada en una señal, aunque sea pequeña, de acatamiento, de obediencia; es decir, de la disposición a obedecer que muestren quienes son los destinatarios de tal orden, mandato o norma.

El gobernado tiene, de una u otra forma, alguna razón por la cual obedece. Weber procede a analizar esa razón; y, para ello, clasifica en tres tipos la dominación legítima: «De carácter racional: que descansa en la creencia en la legalidad de ordenaciones instituidas y de los derechos de mando de los llamados por esas ordenaciones a ejercer la autoridad (autoridad legal). De carácter tradicional: que descansa en la creencia cotidiana en la santidad de las tradiciones que rigieron desde lejanos tiempos y en la legitimidad de los señalados por esa tradición para ejercer la autoridad (autoridad tradicional). De carácter carismático: que descansa en la entrega extraordinaria a la santidad, heroísmo o ejemplaridad de una persona y a las ordenaciones por ella creadas o reveladas (llamada autoridad carismática)».

De estos tres tipos de dominación, sin ignorar los otros dos, considera el de mayor corrección (si lo podemos llamar así) el tipo de dominación racional; y lo califica de esta manera, porque dentro de este patrón de dominación no se obedece a las personas, se obedecen las leyes, entendidas y producidas en el sistema jurídico correspondiente.

La relación establecida con las leyes ocasiona un resultado inminente, y este no es otro que la legalidad. En consecuencia, uno de los elementos imprescindibles para que la dominación racional se legitime es, justamente, la legalidad.

El papel de las normas es importantísimo. ¿Cuándo se consideran legítimas las normas, de acuerdo con Weber? «a) por el mérito de la tradición que hace creer que siempre han existido dichas normas; b) por considerar que ese orden es ejemplar o revelador de algo nuevo; c) por una racionalidad con arreglo a valores en la que se cree en su validez absoluta, por ejemplo la idea del derecho natural; d) por la creencia religiosa en que de su observancia depende la salvación; e) porque se cree en su legalidad por el modo en que han sido establecidas: ya sea en virtud de un pacto de los interesados, o por otorgamiento de una autoridad considerada como legítima».

De tal manera que «la legitimidad es una creencia que refuerza la obediencia; por lo que toda dominación aspira a alcanzar ese prestigio». Creo necesario insistir en que Weber considera que lo esenciales fijar la «probabilidad de la obediencia» sobre un cimiento que viene a ser, precisamente, esa creencia; quedan fuera de esas consideraciones los motivos, no interesa que sean racionales o emotivos. Esto trae serias discrepancias en los analistas del pensador alemán.

No quisiera finalizar este sucinto acercamiento a Max Weber sin dar también una pincelada sobre La ética protestante y el espíritu del capitalismo.

El Archiv für Sozialwissenschaft und Sozialpolitik fue una valiosa revista alemana, especializada en política, cultura y ciencia social, que circuló en Alemania durante casi treinta años (1904- 1933). En 1904 y 1905, esta conocida y famosa revista alemana publicó dos artículos de Max Weber sobre aspectos analizados por él sobre la relación entre la ética protestante y lo que él mismo denominó el “espíritu del capitalismo”.

En 1920, se reeditaron los dos artículos y fueron fundidos en un texto único; para usar la conocida frase, fue una “edición corregida y aumentada”; además, hay numerosas notas a pie de página, y, asimismo, se incluyó el primer volumen de sus Ensayos sobre sociología de la religión, ensayos que fueron publicados años después del fallecimiento del autor. El arreglo editorial que ha sido más divulgado y trabajado es el que asumió como referencia válida la publicación en inglés realizada en 1930 por Talcott Parsons en los Estados Unidos. Valdría la pena detenerse en estas publicaciones para cotejar las diferencias existentes en las diferentes ediciones.

Con motivo del centenario de la publicación de estos artículos (2004), varios investigadores, alrededor del mundo, conmemoraron este acontecimiento. Entre ellos, Francisco Gil Villegas Montiel, un gran especialista y analista de la obra de Weber, reeditó esa publicación (FCE), donde escribe la introducción sobre este texto, que ha sido, a veces, muy mal comprendido.

Es imposible dar cuenta de esta contribución de Villegas, pero recomiendo a los lectores interesados que lean Max Weber, La ética protestante y el espíritu del capitalismo con la introducción y edición crítica de Francisco Gil Villegas Montiel (FCE, 2003). Las notas críticas representan un valor agregado que, a quienes nos interesan estos temas y publicaciones, nos enriquecen y clarifican los conceptos weberianos.

El mejor homenaje que se le puede hacer a Max Weber consiste, justamente, en leer concienzudamente sus obras. Espero que, aunque modestamente, haya contribuido con ello.

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