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«Castiga el uso de divisas, supone doble tributación, incentiva la evasión y afecta el consumo»: Fedecámaras precisa las implicaciones del impuesto al dólar

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El sector empresarial venezolano, agremiado en Fedecámaras, manifestó este martes, 8 de febrero, su “profunda preocupación” ante la reforma de la Ley de Grandes Transacciones Financieras, que supone un impuesto a las transacciones en monedas distintas a las de curso legal (bolívar y petro), por lo que se impondrá un gravamen a las operaciones con dólar, criptomonedas y cualquier otra divisa.

En rueda de prensa, Fedecámaras señaló que la medida configura nuevos obstáculos a la iniciativa individual y al desenvolvimiento del sector productivo nacional.

“Muy especialmente para la pequeña y mediana empresa, constituyendo un freno al desarrollo económico”, indicó.

La organización recordó que la reforma parcial de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras supone un gravamen sobre personas naturales o jurídicas no calificadas previamente como «contribuyentes especiales».

Enfatizó que eso aplica independientemente de la capacidad económica, gravando las transacciones por la utilización como medio de pago de una moneda extranjera o criptoactivos.

“Ello se suma a la voracidad fiscal de los municipios del país, siendo urgente el establecimiento de medidas de armonización tributaria”, indicó.

Y expuso: “Venimos transitando una severa y dilatada contracción económica que se vio agravada por la emergencia sanitaria del covid-19. Ante tal situación, el sector privado brindó y continúa ofreciendo su mejor esfuerzo por mantener la oferta de productos y servicios a la población. Por su parte, la economía recurrió a mecanismos fácticos para enfrentar la crisis y la hiperinflación, que aliviaron el colapso de los medios de pago y la escasez de bolívares, constituyéndose el libre intercambio de la moneda en un factor coadyuvante en la estabilización del tipo de cambio, mayor certidumbre en el sistema de precios y permitiendo, finalmente, la leve recuperación económica observada en los últimos meses”.

Fedecámaras pidió a la Asamblea Nacional que hiciera una consulta nacional

Fedecámaras indicó que una vez que se anunció la segunda discusión del proyecto, se dirigió a la Comisión Permanente de Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional y al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo. Esto con el fin de solicitar  que se hiciera una consulta sobre el proyecto que incluyera al sector privado, debido a su impacto en la economía, en las fuerzas productivas del país y en la población.

“Lamentablemente, la consulta no tuvo lugar. El instrumento legal fue sancionado por la Asamblea Nacional el 3 de febrero sin contar con la discusión que incluyera a los actores sociales, económicos y empresariales establecida en las citadas disposiciones”, señaló.

¿Qué implica la reforma?

Fedecámaras hizo una serie de precisiones sobre el contenido del proyecto de Ley aprobado en el Parlamento.

Se debe recordar que aunque se denomina “Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras”, el ruido que ha causado la reforma se debe, por un lado,  a que afecta la generalidad de las transacciones, incluidas las pequeñas. Y por el otro a que impone un gravamen a las monedas extranjeras, lo cual resulta alarmante en una economía que se ha venido dolarizando de facto desde 2019.

No solo afecta el uso del dólar

Esto sin considerar que en estados fronterizos con Colombia (Táchira y Zulia) en lugar del dólar, el peso colombiano se ha convertido en la moneda de uso corriente. A ello se agregan las crecientes transacciones con criptomonedas en Venezuela.

De acuerdo con Fedecámaras, los términos planteados en la Ley contrarían la realidad del mercado y va en contrasentido de una sana política de desarrollo económico. «Sobre todo si tomamos en cuenta que  las empresas aún se encuentran en proceso de restablecer su patrimonio, luego de su afectación por la pandemia y las medidas de cuarentena, entre otros factores. Esto afecta especialmente a las pequeñas y medianas empresas, que se incorporan junto con las personas naturales, como contribuyentes del citado impuesto y que, más bien, exigen de todo el apoyo para hacerse sostenibles y evitar que continúe el cierre de empresas en el país”.

Precisiones

A continuación se incluyen puntos que precisó Fedecámaras sobre la reforma de la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras:

  1. Extiende el gravamen a nuevos contribuyentes, especialmente los de menor capacidad contributiva, como personas naturales y pymes (acrónimo de “pequeñas y medianas empresas”). Y no alude a un monto mínimo de la transacción, por lo que no luce equitativo y su calificación de “grandes” transacciones no es acorde con su objetivo.
  2. Introduce incertidumbre sobre todo para el ciudadano común, que verá incrementado el costo de sus transacciones al hacerlas en otra moneda. Esto, en un momento en que el uso de la divisa pretende proteger sus ingresos y ahorros, por lo que la reforma incentivará la evasión y la informalidad de los negocios y transacciones.
  3. Desincentiva la inversión, pues genera una merma patrimonial no justificada en la producción de riqueza y mayores restricciones en el flujo de caja de las empresas.
  4. Constituye un impuesto general a las transacciones en moneda extranjera, que se extiende no solo a los «débitos bancarios», sino también al consumo, implicando un riesgo de doble tributación al aplicarse en conjunto con el impuesto al valor agregado (IVA), cuya ley contempla una «sobre alícuota» para los casos de enajenación de bienes y prestación de servicios cuyo medio de pago sea moneda extranjera (aunque el Ejecutivo aún no la ha definido).
  5. Tampoco es deducible del impuesto sobre la renta, lo que le atribuye rasgos confiscatorios.
  6. Es permanente, aunque este tipo de impuesto debe ser aplicado en circunstancias excepcionales y por tiempo determinado por sus efectos distorsionantes en la economía.
  7. Establece alícuotas muy elevadas (entre 2% y 20%), obviando la situación del país y la experiencia económica internacional.
  8. Rompe la neutralidad del tributo por cuanto persigue determinar la escogencia de la moneda de pago, representando un castigo a la utilización de la divisa para la protección o resguardo patrimonial (personal y empresarial), sin considerar las realidades de restricción de circulación de la moneda nacional y baja capacidad de financiamiento, así como obra contra la política de incentivo y formalización del mercado de compraventa de divisas a través de la banca que se tradujo en más de 2 millones de cuentas a la fecha.

“Tratar de recuperar el bolívar es loable, pero no con un impuesto al dólar”

Fedecámaras aclaró que considera “loable y deseable” que se haga un intento de recuperar la capacidad de compra del bolívar. Sin embargo, cuestionó que se imponga un gravamen a las transacciones con otras monedas para lograrlo.

“Una recuperación del poder de compra del bolívar y de su uso en las transacciones en el mercado venezolano es un objetivo loable y deseable. Pero ello debe ser impulsado por políticas monetarias y macroeconómicas de largo plazo que busquen frenar la inflación y fortalecer la moneda nacional. Todo con base en una mayor productividad y un verdadero dinamismo económico que genere incentivos reales para abandonar la utilización de otras monedas de pago”, señaló.

Insistió en que la adopción de ese tipo de medidas, “que tienen tan alto impacto en el desenvolvimiento de la economía, de las empresas, de los empleos y en el ejercicio de las libertades ciudadanas”, deben ser ampliamente discutidas en la sociedad.

“Esto para garantizar un rumbo de crecimiento económico, estable y de futuro, que impulse la concreción de emprendimientos e inversiones y la protección de las pequeñas y medianas empresas, potenciando asimismo el poder adquisitivo del ingreso de todos los venezolanos, a fin de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa”, añadió.

¿Qué dice Maduro sobre el impuesto al dólar?

Ante la confusión, la incertidumbre y las preocupaciones que ha generado el impuesto a las transacciones en dólares, Nicolás Maduro se refirió a ello la noche del lunes.

Durante una alocución televisada, Maduro desestimó los temores de que el gravamen vaya a afectar a la generalidad de la población.

“La reforma que se hizo en la Asamblea Nacional es para cobrarle más a los que más tienen, a los millonarios. Ellos tienen bastante, tienen platica. Y ese dinero que les vamos a cobrar va a tener un efecto muy bueno para la inversión social de este año y para el fortalecimiento del uso del bolívar», aseguró.

Y reafirmó: «Hay una campaña suelta por ahí que dice que nosotros aumentamos los impuestos para todo el pueblo, no es verdad. La Asamblea Nacional aprobó un impuesto para que paguen más los que tienen más, para que paguen los millonarios, no para que pague el pueblo. Eso va a permitirnos aumentar los salarios, este año tenemos buenas noticias para los salarios de la clase obrera venezolana».

¿Desde cuándo se aplicará el impuesto?

Mientras Maduro hacía esas declaraciones, el economista Leonardo Vera explicaba en un foro que efectivamente, aunque la Asamblea Nacional haya aprobado el proyecto de ley, primero debe sancionarla el Ejecutivo (publicarla en Gaceta Oficial). A partir del momento en que se divulgue la Gaceta, lo que allí se establezca entraría en vigencia 30 días hábiles después.

Es decir, la aplicación del gravamen no ocurrirá en 30 días contando desde que el Parlamento la aprobó (el 3 de febrero), como se creía.

Además, Vera señaló que la mención de Maduro de aumentos de salarios involucraría básicamente al sector público y a los pensionados, puestos que el sector privado, gracias a la expansión del uso del dólar, ofrece sueldos y salarios muy superiores al ingreso mínimo establecido (7 bolívares).

@DeisyKarina8

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