En Venezuela, a diferencia de otros países, las empresas dedicadas a investigar tendencias de la opinión pública y, particularmente, aquellas que realizan encuestas sobre la percepción política de la gente, gozan de una no desestimable capacidad de influencia para determinar la formación de matrices de opinión.
Desafortunadamente y también a diferencia de otros países, las empresas encuestadoras venezolanas no han definido consensualmente unas premisas básicas para autorregularse cónsonas con las prácticas internacionales sobre la materia. Es decir, una suerte de código de ética que confiera transparencia y credibilidad a las empresas investigadoras y evite que presenten al país pronósticos con visiones erróneas, sin base científica válida o arteramente manipuladas sobre lo que opina el “hombre de a pie”, consultado.
Deben ser, entonces, las propias empresas dedicadas a la actividad de sondear a la opinión pública las primeras interesadas en desarrollar rigor metodológico, prácticas operativas transparentes y métodos y procedimientos adecuados para medir cabalmente las opiniones y percepciones de los ciudadanos.
La actividad económica de investigación de la opinión pública está moralmente obligada a proveer resultados precisos, confiables y consistentes. Tienen una enorme responsabilidad pública y cívica con sus clientes, sus encuestados y con los recipiendarios de los resultados de la investigación, así como, con el uso que se le dé a los resultados generados.
Todo esto, que debiera ser constatado y certificado por una auditoría independiente, constituye el fundamento mínimo que deberían observar las empresas investigadoras. Adicionalmente, cuando se trate de encuestas para medir preferencias políticas de las personas, las referidas empresas deberían suministrar a la opinión pública información pertinente sobre las instituciones o personas naturales y jurídicas que las contratan, el alcance del estudio y los términos acordados entre ambas partes para la difusión de las cifras resultantes. Así se minimizaría el riesgo del eventual sesgo de los resultados en favor de los contratantes de las encuestas, el país contaría con unas mediciones de opinión creíbles, confiables y el valor relativo de los resultados y sus implicaciones tendrían un fundamento mas objetivo.
Finalmente, para perfeccionar el sistema que regule los sondeos de opinión sobre preferencias electorales, habría que establecer mecanismos para sancionar usos indebidos de los resultados obtenidos. Es evidente que el manejo amañado de los mismos constituye una irregularidad electoral que debería ser sancionada por la autoridad correspondiente, en este caso, el CNE, si este fuese un organismo confiable, autónomo, independiente e imparcial.
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