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EE UU multó a Amazon por aceptar y procesar pedidos de personas sancionadas en Venezuela

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El Departamento de Tesoro de Estados Unidos multó este 8 de julio a la empresa estadounidense Amazon por aceptar y procesar pedidos de personas sancionadas, entre ellas ligadas al régimen de Nicolás Maduro.

En un comunicado publicado por el Tesoro, señaló que la empresa aceptó pedidos de personas que figuran en la Lista de OFAC, cuyo valor total de las transacción fue de aproximadamente 269.000 dólares.

También aseguró que la empresa aceptó pedidos procesados ​​en sus sitios web para personas ubicadas o empleadas por misiones extranjeras de Cuba, Irán, Corea del Norte, Sudán y Siria.

El monto legal máximo de sanción monetaria civil por las violaciones aparentes fue 1.038.206,212 dólares. Sin embargo, la OFAC determinó que Amazon divulgó voluntariamente violaciones aparentes y que las violaciones aparentes constituyen un caso no atroz.

Ante ello, bajo las Pautas de cumplimiento de sanciones económicas de la OFAC, 31 C.F.R. Parte 501, aplicación A., el monto de la sanción monetaria civil base para las violaciones aparentes es igual a la suma de a mitad del valor de la transacción por cada violación aparente, que en este caso es de 134,523 dólares.

A continuación el comunicado en íntegro:

OFAC llega a un acuerdo con Amazon.com, Inc. con respecto a la posible responsabilidad civil por violaciones aparentes de múltiples programas de sanciones Amazon.com, Inc. (“Amazon”), una empresa con sede en Seattle, Washington, que ofrece servicios minoristas, comercio electrónico y servicios digitales a millones de clientes en todo el mundo, ha acordado pagar $ 134,523 para liquidar su posible responsabilidad civil por violaciones aparentes de múltiples programas de sanciones de la OFAC. Como resultado de deficiencias relacionadas con los procesos de detección de sanciones de Amazon, Amazon proporcionó bienes y servicios a personas sancionadas por la OFAC; a personas ubicadas en la región o países sancionados de Crimea, Irán y Siria; y a personas ubicadas o empleadas por misiones extranjeras de países sancionados por la OFAC. Amazon tampoco informó oportunamente de varios cientos de transacciones realizadas de conformidad con una licencia general emitida por OFAC que incluía un requisito de informe obligatorio, lo que anula esa autorización con respecto a esas transacciones. El monto del acuerdo refleja la determinación de OFAC de que las violaciones aparentes de Amazon no fueron atroces y se revelaron voluntariamente, y refleja aún más las medidas correctivas significativas implementadas por Amazon al descubrir las violaciones aparentes.

Descripción de las violaciones aparentes y la conducta que conduce a las violaciones aparentes

Desde el 15 de noviembre de 2011 hasta el 18 de octubre de 2018, las personas ubicadas en Crimea, Irán y Siria hicieron pedidos o realizaron negocios en los sitios web de Amazon para bienes y servicios de consumo y minoristas donde los detalles de la transacción demostraron que se proporcionarían bienes o servicios a personas en Crimea, Irán o Siria. Amazon también aceptó y procesó pedidos en sus sitios web para personas ubicadas o empleadas por las misiones extranjeras de Cuba, Irán, Corea del Norte, Sudán y Siria.

Además, Amazon aceptó y procesó órdenes de personas que figuran en la Lista de ciudadanos y personas bloqueadas de la OFAC (la “Lista SDN”) que fueron bloqueadas de conformidad con el Reglamento sobre sanciones por tráfico de narcóticos, el Reglamento sobre sanciones por proliferación de armas de destrucción masiva, el Código penal transnacional Reglamento de Sanciones de las Organizaciones, el Reglamento de Sanciones de la República Democrática del Congo, el Reglamento de Sanciones de Venezuela, el Reglamento de Sanciones de Zimbabwe, el Reglamento de Sanciones Globales contra el Terrorismo y el Reglamento de Sanciones Extranjeras de Narcóticos Extranjeros. En general, las violaciones aparentes consistieron principalmente en transacciones que involucraron bienes y servicios minoristas de bajo valor para los cuales el valor total de la transacción de las violaciones aparentes fue de aproximadamente $ 269,000.

Estas violaciones aparentes ocurrieron principalmente porque los procesos automatizados de detección de sanciones de Amazon no pudieron analizar completamente todas las transacciones y datos de clientes relevantes para el cumplimiento de las regulaciones de sanciones de la OFAC. En algunos casos, las órdenes se referían específicamente a un sancionado jurisdicción, una ciudad dentro de una jurisdicción sancionada, o una ortografía alternativa común de un jurisdicción sancionada, sin embargo, los procesos de selección de Amazon no marcaron las transacciones para revisión. Por ejemplo, los procesos de detección de Amazon no marcaron pedidos con campos de dirección que contiene una dirección en “Yalta, Krimea” para el término “Yalta”, una ciudad en Crimea, ni para el variación de la ortografía de Crimea. En otro ejemplo, Amazon no pudo interceptar o de lo contrario pedidos de banderas enviados a la Embajada de Irán ubicada en terceros países. Además, en varios cien instancias, los procesos automatizados de detección de sanciones de Amazon no pudieron marcar correctamente deletrea nombres y direcciones de personas en la lista SDN de OFAC.

En consecuencia, esta conducta resultó en violaciones aparentes del Reglamento de Control de Activos de Cuba, 31 C.F.R. Parte 515 (CACR); Reglamento de Sanciones de la República Democrática del Congo, 31 C.F.R. Parte 547 (DRCSR); el Reglamento de Sanciones de Kingpin de Narcóticos Extranjeros, 31 C.F.R. Parte 598 (FNKSR); el Reglamento de Sanciones Globales contra el Terrorismo, 31 C.F.R. Parte 594 (GTSR); el Reglamento iraní de transacciones y sanciones, 31 C.F.R. Parte 560 (ITSR); el Reglamento sobre sanciones por tráfico de estupefacientes, 31 C.F.R. Parte 536 (NTSR); el Reglamento de Sanciones de Corea del Norte, 31 C.F.R. Parte 510 (NKSR); el Reglamento de Sanciones Sirias, 31 C.F.R. Parte 542 (SySR); el Reglamento de sanciones de Sudán, 31 C.F.R. Parte 538 (SSR) 1; el Reglamento de Sanciones de Organizaciones Criminales Transnacionales, 31 C.F.R. Parte 590 (TCOSR); Orden ejecutiva 13685 del 19 de diciembre de 2014, “Bloquear la propiedad de ciertas personas y prohibir ciertas transacciones con respecto a la región de Crimea en Ucrania”; el Reglamento de Sanciones de Venezuela, 31 C.F.R. Parte 591 (VSR); el Reglamento de Sanciones sobre Armas de Destrucción Masiva de Proliferadores, 31 C.F.R. Parte 539 (WMDPSR); y el Reglamento de Sanciones de Zimbabwe, 31 C.F.R. Parte 541 (ZSR).

Finalmente, Amazon reveló a la OFAC que no informó 362 transacciones relacionadas con Crimea que había realizado de conformidad con la Licencia General No. 5, “Autorización de ciertas actividades prohibidas por la Orden Ejecutiva 13685 del 19 de diciembre de 2014 necesarias para cerrar las operaciones que involucran a la región de Crimea de Ucrania “(GL 5), que autorizó ciertas transacciones prohibidas por EO 13685 hasta el 1 de febrero de 2015. Los términos de GL 5 incluían el requisito de que las transacciones autorizadas por GL 5 se informaran dentro de los 10 días posteriores a la conclusión de las actividades de liquidación. Como se establece en § 501.801 (a) del Reglamento de Informes, Procedimientos y Sanciones, 31 C.F.R. Parte 501, “Las personas que se benefician de ciertas licencias generales pueden tener que presentar informes y declaraciones de acuerdo con las instrucciones especificadas en esas licencias. El hecho de no presentar oportunamente toda la información requerida en dichos informes o declaraciones puede anular la autorización que de otro modo proporciona la licencia general y dar lugar a violaciones aparentes de las prohibiciones aplicables que pueden estar sujetas a la acción de cumplimiento de la OFAC “. Amazon identificó previamente e informó a la OFAC 245 transacciones que involucran Crimea realizadas de conformidad con GL 5 el 13 de febrero de 2015 (dentro del período de informe requerido), pero no informó 362 transacciones adicionales hasta mucho después de que expiró el período de informe requerido. Debido a esta falla en el informe, la autorización en GL 5 se anula con respecto a esas 362 transacciones.

Cálculo de penalizaciones y análisis de factores generales

El monto legal máximo de penalización monetaria civil por las violaciones aparentes fue de $ 1,038,206,212. Sin embargo, OFAC determinó que Amazon divulgó voluntariamente las violaciones aparentes y que las violaciones aparentes constituyen un caso no grave. En consecuencia, bajo las Pautas de cumplimiento de sanciones económicas de la OFAC, 31 C.F.R. Parte 501, aplicación. R., el monto de la multa civil monetaria base por las violaciones aparentes es igual a la suma de la mitad del valor de la transacción por cada violación aparente, que en este caso es de $ 134,523.

El monto del acuerdo de $ 134,523 refleja la consideración de la OFAC de los Factores Generales bajo las Pautas de Aplicación.

La OFAC consideró que los siguientes factores son agravantes:

(1) Amazon no actuó con la debida precaución o cuidado cuando implementó procesos de detección de sanciones que no detectaron adecuadamente las transacciones que involucran a personas bloqueadas y jurisdicciones sancionadas. En particular, Amazon no revisó ni evaluó adecuadamente las direcciones, los nombres de los clientes o las variaciones comunes de dichos datos como parte de su revisión de sanciones.

(2) Si bien las violaciones aparentes implicaron principalmente la provisión de bienes y servicios minoristas y de consumo de bajo valor, algunas de las violaciones aparentes se relacionaron con el procesamiento de pedidos de productos de seguridad personal por parte de Amazon en nombre de personas ubicadas en las embajadas iraníes en Tokio, Japón y en Bruselas, Bélgica.

(3) Amazon proporciona bienes y servicios de consumo a través de sus sitios web de comercio electrónico y procesa miles de millones de transacciones globales anualmente, y es una de las compañías más grandes y comercialmente más sofisticadas del mundo.

La OFAC consideró que los siguientes factores son atenuantes:

(1) Amazon no había recibido una notificación de penalización o un hallazgo de violación por parte de la OFAC en los cinco años anteriores a la fecha más temprana de las transacciones que dieron lugar a las violaciones aparentes.

(2) Amazon divulgó voluntariamente las violaciones aparentes a la OFAC, cooperó con la investigación de la OFAC proporcionando análisis de datos de las violaciones aparentes y presentando información detallada de una manera bien organizada, y celebró acuerdos de peaje con la OFAC. Además, Amazon realizó una investigación interna sin recibir una citación administrativa e identificó y reveló las circunstancias de las transacciones que condujeron a las violaciones aparentes.

(3) Al descubrir las aparentes violaciones, Amazon tomó medidas correctivas significativas para abordar sus deficiencias en la detección de sanciones y también acordó, como parte de su acuerdo con la OFAC, asumir varios compromisos de cumplimiento de sanciones adicionales diseñados para minimizar el riesgo de recurrencia de conducta similar en el futuro. Dichas medidas incluyen:

Invertir recursos sustanciales para mejorar el programa general de cumplimiento de sanciones de Amazon, incluso mediante la participación activa de la alta gerencia en sus mejoras de cumplimiento, agregando personal significativo a sus equipos de cumplimiento y aumentando la frecuencia de sus revisiones de cumplimiento de sanciones;

Emplear fuentes internas y de terceros para llevar a cabo una revisión exhaustiva del programa de cumplimiento de sanciones de Amazon y sus sistemas de detección automatizados para abordar las fallas de detección que dieron lugar a las violaciones aparentes. En particular, Amazon está incorporando controles de detección preventivos automáticos adicionales diseñados para escalar y operar de manera efectiva para su negocio minorista general;

Desarrollar listas de cribado personalizadas internamente para minimizar el riesgo de procesar transacciones que planteen problemas de cumplimiento de sanciones; ? Mejorar los controles de bloqueo del Protocolo de Internet (IP) de jurisdicción sancionada e implementar procesos automatizados para actualizar continuamente su mapeo de los rangos de IP asociados con las jurisdicciones sancionadas;

Reforzar sus programas de capacitación en cumplimiento brindando capacitación adaptada a los roles de equipos específicos y capacitación especializada ad-hoc para el personal responsable de las sanciones y el cumplimiento del control de exportaciones; y

Ampliar el uso de disposiciones específicas sobre control de exportaciones y sanciones y el lenguaje de esas disposiciones en sus acuerdos.

Consideraciones de cumplimiento

Este caso demuestra la importancia de implementar y mantener controles de cumplimiento de sanciones efectivos y basados ??en el riesgo, incluidas las medidas de detección de sanciones apropiadas para el comercio electrónico y otras empresas basadas en Internet que operan a escala global. Estas empresas grandes y sofisticadas deben implementar y emplear herramientas y programas de cumplimiento que sean proporcionales a la velocidad y escala de sus operaciones comerciales. En particular, las compañías globales que dependen en gran medida de los procesos automatizados de detección de sanciones deben tomar medidas razonables y basadas en el riesgo para garantizar que sus procesos estén configurados adecuadamente para detectar información relevante del cliente y capturar problemas de calidad de datos, como errores ortográficos comunes. Las pruebas de rutina de estos procesos para garantizar la efectividad e identificar deficiencias también pueden ser apropiadas. Además, las empresas que descubren una debilidad en sus controles internos de cumplimiento pueden beneficiarse al tomar medidas inmediatas y efectivas, en la medida de lo posible, para identificar e implementar controles compensatorios hasta que se pueda determinar y remediar la causa raíz de la debilidad.

Este caso también demuestra la importancia del cumplimiento de todos los aspectos de los términos de las licencias generales de la OFAC, incluido el cumplimiento oportuno de cualquier obligación de informar de conformidad con esas licencias.

Recursos de cumplimiento y cumplimiento de la OFAC

El 2 de mayo de 2019, OFAC publicó un marco para los compromisos de cumplimiento de la OFAC con el fin de proporcionar organizaciones sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Productos o servicios de origen estadounidense, con la perspectiva de la OFAC sobre los componentes esenciales de un programa de cumplimiento de sanciones. El Marco también describe cómo la OFAC puede incorporar estos componentes en su evaluación de violaciones aparentes y la resolución de investigaciones que resultan en acuerdos.

El Marco incluye un apéndice que ofrece un breve análisis de algunas de las causas profundas de las violaciones aparentes de los programas de sanciones comerciales y económicas de EE. UU. Que OFAC ha identificado durante su proceso de investigación.

Se puede encontrar información sobre el proceso de sanciones civiles en los reglamentos de la OFAC que rigen cada programa de sanciones; el Reglamento de Informes, Procedimientos y Sanciones, 31 C.F.R. Parte 501; y las Pautas de aplicación de sanciones económicas, 31 C.F.R. Parte 501, aplicación. R. Estas referencias, así como las recientes sanciones civiles finales y la información sobre cumplimiento, se pueden encontrar en el sitio web de la OFAC en www.treasury.gov/ofac/enforcement.

Para obtener más información sobre las reglamentaciones de la OFAC, visite: www.treasury.gov/ofac.

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