En la entrega anterior solo nos limitamos a hacer una muy breve cronología de la UCV, sus comienzos a la sombra de un viejo seminario y su corto recorrido en el centro de aquella vieja Caracas. Mucho, mucho es lo que falta por narrar acerca de tan importante institución, pero hacerlo no está a nuestro alcance y menos en un artículo de prensa.
A los fines de dar continuidad al tema que nos ocupa, hemos creído conveniente formularnos esta interrogante: ¿qué es la universidad? En diversas formas podría responderse: 1°) Es un centro de altos estudios científicos y humanísticos; 2°) Una comunidad humana, académica y espiritual dedicada al estudio y a la investigación en búsqueda de la verdad, del saber y de la difusión de los conocimientos. Para alcanzar tan elevados propósitos, esa institución debe mantenerse abierta a todas las corrientes del pensamiento y, para ello, se requiere de libertad en el debate académico amparándose, naturalmente, en el respeto y la cultura propios de un miembro de la misma comunidad.
La garantía para ese logro está en la autonomía universitaria, o sea, en la independencia política y administrativa que les corresponde mantener a las universidades públicas. Esa garantía es institucional, no una simple ocurrencia, pues está tipificada en la Ley de Universidades que, por lo tanto, acredita su acatamiento en general y especialmente por parte del Estado.
El doctor Román Duque Corredor, en reciente artículo de prensa, se expresaba así: La autonomía universitaria es un fundamento del derecho a la educación libre, al derecho a la cultura, al derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, a la libertad de cátedra y al derecho de libre desenvolvimiento de la personalidad. Con ello dictó cátedra.
Apuntábamos en el artículo anterior que en los estatutos republicanos, promulgados el 24 de junio de 1827, Bolívar propuso la consagración de la autonomía universitaria. Ahora, en la Constitución vigente de Venezuela, el artículo 109, establece: El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permita a la comunidad universitaria dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica en beneficio de la nación. Las universidades autónomas se darán sus nomas de gobierno y de funcionamiento, así como la administración de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tal efecto establezca la propia ley. Y, agrega, se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión. Y, remata estableciendo la inviolabilidad del recinto universitario.
Visto lo anterior, el denominado régimen bolivariano que ejerce el poder, sin ocultarlo mucho, ha pretendido burlar la memoria del autor de la autonomía universitaria en Venezuela.
Para terminar, otra interrogante: ¿qué podemos hacer por la Universidad Central de Venezuela? Siendo ella un invalorable patrimonio cultural de los venezolanos y progenitora de incontables talentos, nuestro sagrado deber es respetarla, amén de pedirle que no se deje amedrentar ante la ingratitud de algunos de sus hijos –que pareciera se proponen oscurecerla– y menos por quienes ni siquiera han puesto pie en ella.
La UCV ha trascendido las fronteras patrias, no solo a través de sus talentosos hijos, sino por su muy bien ganado prestigio internacional, lo cual motivó a la Unesco, en fecha 30 de noviembre del año 2000, a rendirle justo y merecido homenaje al declarar a la Ciudad Universitaria de Caracas Patrimonio Cultural de la Humanidad, honroso y significativo gesto de distinción.
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