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[DERECHO TRIBUTARIO Y LABORAL] Escenarios laborales para abril y el coronavirus

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Comienza el mes de abril. Muchos países en el mundo se encuentran en cuarentena por el coronavirus, covid-19, siendo uno de ellos Venezuela. El Decreto de Estado de Alarma en el país se dicta en medio de una de las mayores crisis económicas de nuestra historia republicana.

La gran preocupación de los propietarios de negocios, asesores financieros y fiscales, así como responsables de recursos humanos en Venezuela no era si teníamos la capacidad de llegar hasta el mes de marzo apoyando económicamente a nuestros trabajadores, sino ¿qué íbamos a hacer cuando llegara abril? Ha llegado abril y aquí humildemente les ofrezco algunos escenarios que se vislumbran como los más frecuentes para los negocios en Venezuela durante este mes.

Negocios en suspensión de actividades

El caso de los negocios en suspensión de actividades se refiere a todas aquellas entidades de trabajo que no prestan servicios considerados críticos durante el Estado de Alarma y están cumpliendo la cuarentena que de hecho se vive en el país para mitigar el impacto del coronavirus. En este grupo pueden entrar la mayoría de los negocios en Venezuela.

Durante el mes de marzo, en nuestro entorno vimos cómo, en el sector formal, muchos de los propietarios de estos negocios decidieron hacer el esfuerzo de ayudar a sus trabajadores, bien sea
pagando nóminas completas hasta el 30 de marzo u otorgando bonos de ayuda a los trabajadores por un monto similar al del salario que habrían recibido, de encontrarse trabajando.

La situación en abril para estos patronos y trabajadores es de las más complicadas. Primero porque el negocio ha estado sin recibir ingresos durante al menos quince días del mes de marzo y, dependiendode las decisiones que hayan tomado sus propietarios, han honrado no solo las obligaciones con sus trabajadores sino con algunos proveedores clave.

A inicios de abril se incrementa la posibilidad de que los propietarios de estos negocios no tengan flujo de caja para continuar pagando a los trabajadores un bono de ayuda durante la emergencia. Es importante resaltar que durante la suspensión de la relación de trabajo, en estricto derecho, el patrono no tiene la obligación de pagar el salario y el trabajador no tiene la obligación de trabajar. Eso es lo que muchos abogados consideramos está ocurriendo por causa de fuerza mayor, en este momento, debido al Estado de Alarma decretado para enfrentar la pandemia del coronavirus que ha forzado la suspensión de la relación de trabajo.

Son estas empresas las que tienen mayor necesidad de recibir apoyo gubernamental y beneficios fiscales reales para continuar honrando sus obligaciones, especialmente para que sus trabajadores
obtengan dinero para poder quedarse en casa. Entendemos que los trabajadores de las pequeñas y medianas empresas que están en suspensión de actividades los destinatarios principales del bono
Quédate en casa ofrecido por el señor Nicolás Maduro.

Bono Quédate en casa, ¿subsidio a la nómina?

El tema del subsidio a la nómina vuelve a la palestra pública con el anuncio por parte de Nicolás Maduro de un bono para los trabajadores. Hasta tanto no se publique un decreto que lo haga oficial será un tema rodeado de incertidumbre, precisamente porque se anuncia una ayuda social sin precisar a través de un texto normativo, las condiciones para esta ayuda.

Para que el subsidio exista, en estricto derecho, debería promulgarse un texto legal que modifique un elemento esencial de la relación de trabajo como es la obligación del patrono de pagar el salario a cambio del trabajo realizado por el trabajador para que el Estado lo asuma en nombre de privados.

Para que esta subvención opere, legalmente como un subsidio, el patrono debería recibir fondos públicos y usarlo para pagar la nómina. Esto no ha ocurrido. Hasta ahora lo que tenemos es un programa social otorgado a algunos ciudadanos mediante el mecanismo Monedero de la Patria en el marco la Ley Orgánica de las Misiones.

Negocios que cesarán actividades

Tenemos el caso de los negocios que cesarán actividades, esto es una realidad que está ocurriendo en todo el planeta y Venezuela no escapa de ella. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que 25 millones de personas perderán sus empleos a causas de la crisis económica producto del coronavirus. Aunque exista un decreto una inamovilidad laboral esta realidad no será ajena a los trabajadores en Venezuela, especialmente en los casos en los que el negocio deba cerrar sus puertas.

Es importante que, si el propietario de un negocio ve que no podrá continuar con sus operaciones y decide cesar actividades, deberá hacerlo con el acompañamiento de un abogado para que maneje con especial dedicación el tema de la terminación de la relación de trabajo. En ese caso hay que trabajar con el mejor asesoramiento legal, laboral, financiero y fiscal para poder ejecutar la difícil decisión de cesar actividades.

Es importante entender que durante el mes de abril, cada vez más negocios serán los que, en todo el mundo, tengan enfrentarse a esta difícil decisión.

Negocios que a pesar de estar exceptuados de suspender actividades durante el Estado de Alarma tendrán que suspender parcial o totalmente las operaciones.

Podría pensarse que los negocios exceptuados de suspender actividades durante el Estado de Alarma no deberían afrontar el reto de una suspensión parcial o total de las operaciones y de la relación de trabajo, sin embargo la realidad económica se impone.

¿Qué estamos viendo? Ha habido una contracción de la demanda evidente en sectores como salud y alimentos y ya hay entidades dedicadas a estos sectores que deberán suspender de forma parcial o total sus operaciones. Bien sea por contracción de la demanda o por el impacto en las operaciones que tiene la crisis de combustible que está viviendo el país y que está obligando a que los negocios tengan que entrar en suspensión de la relación de trabajo.

El propietario del negocio debe buscar el acompañamiento de un profesional con profundo conocimiento de derecho laboral y tributario para lograr el mejor acuerdo y el mejor sostenimiento de este proceso de suspensión por causa de fuerza mayor

Negocios operativos durante el Estado de Alarma

Aquí nos encontramos con distintos negocios que están operativos durante el Estado de Alarma, negocios dedicados a la producción, manufactura, distribución y comercialización de alimentos así como a la provisión de servicios médicos, farmacias, entre otros.

Estos negocios también están sintiendo presión por la caída de la demanda y por el incremento de los costos operativos, porque ha sido necesaria la adquisición de equipos de protección personal para sus trabajadores, equipos de desinfección para las áreas de trabajo, establecimiento de turnos de trabajo para garantizar el distanciamiento social que en suma implica un modificación de la organización del trabajo de estas entidades por causa de fuerza mayor.

Estos negocios, por supuesto, están pagando salarios, porque los trabajadores están prestando servicios y el vínculo esencial que existe en la relación de trabajo dice el trabajador tiene la obligación de prestar el servicio y a cambio el empleador tiene la obligación de pagar el salario.

Sin embargo veremos modificaciones en la remuneración de estos negocios durante el mes de abril, posiblemente se den cambios en los bonos que se venían entregando tales como bonos de producción, asistencia o bonos en divisas que deberán adecuarse a las condiciones económicas de la entidad durante este estado de alarma vigente.

Bono Quédate en casa

Para culminar consideramos importante hacer referencia al bono Quédate en casa. Para que los trabajadores reciban el bono los empleadores deben registrarse en el Portal Patria, tal y como lo anunció Tareck El Aissami.

Por reportes que hemos recibido de colegas y miembros de distintos grupos profesionales, el hecho de que el empleador se registre en este portal no es una garantía de que todos los trabajadores reciban esta ayuda social.

En el caso de las empresas que no están en suspensión de labores y decidan registrarse para que sus trabajadores reciban el bono Quédate en casa hasta tanto no se publique un decreto que modifique la relación de trabajo en el que el Estado asuma la responsabilidad del pago de nómina lo sensato sería considerar este bono como una ayuda adicional para el trabajador.

Es importante verificar el estatus del RIF del empleador, porque tenemos reportes de que el sistema está solicitando que los datos estén actualizados, especialmente los datos del representante legale

Adicionalmente, es necesario que las nóminas a cargar en el sistema Patria estén actualizadas en el portal del Instituto Venezolano de Seguros Sociales, por lo que es necesario verificar si la nómina de trabajadores activos en el IVSS coincide con la nómina real de la empresa, de no ser así, se sugiere hacer las incorporaciones y desincorporaciones respectivas.

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