El 23 de mayo de 2017 Nicolás Maduro presentó al Consejo Nacional Electoral las bases comiciales de lo que él considera una asamblea nacional constituyente.
El presidente de la República insiste en que la elección de 540 corredactores de una nueva Constitución será por votación universal y esa es, precisamente, la farsa más grande de la propuesta. El principio de universalidad del sufragio es simple: todos los electores deben contar con suficientes garantías para poder expresar su voluntad sin exclusión alguna, lo cual está negado por un proceso comicial sujeto a criterios sectoriales y territoriales.
Las bases propuestas por Maduro establecen que se preservará la máxima “un elector, un voto”. Incluso, establecen un orden de prelación en materia territorial, de modo que, por ejemplo, se privilegiará la condición de empresario por encima de la de campesino y, sucesivamente, de persona con algún tipo de discapacidad, estudiantes, trabajadores, integrantes de comunas y pensionados.
Es decir, si un campesino tiene alguna discapacidad, se le tomará en cuenta como lo primero y no como lo segundo.
En el ámbito territorial hay otra trampa: se elegirá un constituyente por cada municipio. De esta forma, Zulia, que constituye la circunscripción electoral más numerosa del país, elegirá 22 constituyentes, 4 por encima de Falcón, que elegirá 26. Conclusión: no todos los votos tendrán el mismo valor.
Lo más fraudulento de todo es que la presidente del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, apenas demoró menos de medio día para darle al presidente de la República lo que pide para burlar el deseo de cambio en la conducción del país y anunció que la elección de los integrantes de la asamblea nacional constituyente se llevará a cabo a finales de julio, mientras que las elecciones de gobernadores y alcaldes se realizarían el 10 de diciembre. ¡Mentira! No hay que ser adivino para prever que la asamblea nacional constituyente, concebida como un traje a la medida del gobierno en su propósito de mantenerse en el poder a pesar de su mayoritaria impopularidad, terminará de destruir el federalismo consagrado en la carta magna. Como dijera el dirigente oficialista Aristóbulo Istúriz, aprovechará la oportunidad para “esfaratar” las gobernaciones y alcaldía y avanzar en la constitución de un Estado comunal.
Una asamblea nacional constituyente no debe ser convocada de forma caprichosa o antidemocrática, pues el fin último es la redacción de un contrato social, con lo cual se requiere para la formulación de sus bases un amplio consenso nacional. En otras palabras, solo puede convocarse en los términos establecidos en la Constitución.
La iniciativa para convocar a la constituyente es el primer paso. De acuerdo con el artículo 348 de la carta magna, tienen iniciativa para convocar la asamblea el presidente de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los concejos municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el 15% de los electores inscritos en el registro civil y electoral. Esta iniciativa se limita a proponer, al pueblo, la elección de una asamblea nacional constituyente.
Nicolás, tu propuesta es fantasiosa y diabólica. Es una copia del sistema político de la España franquista en la que la representación popular no se ejercía a través del sufragio universal, sino a través de las relaciones sociales naturales como la familia, el municipio o cualquier órgano de decisión delegada, y rechaza los principios liberales, el parlamentarismo y los partidos políticos.
Nicolás, tu propuesta no es constitucional, es un experimento fascista, como lo hizo Benito Mussolini en 1922, cuando estableció el Gran Consejo Fascista con representantes de corporaciones sindicales, femeninas, culturales, familiares, municipales, para evitar la representación de partidos políticos procedentes de elecciones directas. ¿Eso es democrático? No entiendo tu afán de parecerte a Franco y Mussolini.
Nicolás, tu propuesta es demencial, el pueblo tiene que pronunciarse. No basta con que tú tengas la facultad de ejercer la iniciativa de convocar una asamblea nacional constituyente, el pueblo tiene que decidir si quiere o no una esa constituyente y, de ser el caso, proceder a la elección de sus miembros. La razón es muy simple: el artículo 5 de la Constitución dice que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en la Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el poder público.
Nicolás, no hay que recurrir a fórmulas mágicas para consultar al pueblo, eso es muy fácil hacerlo, el artículo 71 de la Constitución dice que las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo, y la convocatoria a una asamblea nacional constituyente.
Nicolás, una última pregunta: ¿por qué le temes tanto a que los ciudadanos se expresen libremente?
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