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1.791 protestas se registraron entre abril y mayo

El Observatorio Venezolano de Conflictividad Social denuncia escalada de violencia y deplora la muerte de manifestantes. Además, exige garantizar los derechos a la vida, integridad, libertad y manifestación pacífica

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El Observatorio Venezolano de Conflictividad Social (OVCS) registró 1.791 manifestaciones en todo el país desde el 1° de abril hasta el 31 de mayo de 2017, equivalente a 30 protestas diarias.

Las acciones de calle se han extendido en todo el territorio nacional, siendo Distrito Capital, Miranda, Táchira, Carabobo y Mérida las entidades que contabilizan mayor número de protestas.

En comparación con las protestas registradas en abril y mayo del año pasado, cuando se contabilizaron 1.227 casos, se registra un incremento de 46% en el número de manifestaciones de calle.

10 características de las protestas

  1. Asistencia masiva de personas, crece con el pasar de los días.
  2. Inclusión de manifestantes de diversos sectores socioeconómicos.
  3. Escenificadas en todos los estados del país.
  4. Escenificadas en zonas rurales y urbanas.
  5. Conectadas con las convocatorias hechas por dirigentes políticos.
  6. Diurnas y nocturnas.
  7. Exigencias de derechos políticos en combinación con demandas de derechos económicos y sociales.
  8. Protesta sostenida.
  9. Discursos de protesta pacífica no violenta, apegados al Estado de derecho.
  10. Repercusión en la esfera internacional. Países, organismos multilaterales y medios de comunicación.

Saldo rojo: 80 fallecidos

Desde el 6 de abril hasta el 31 de mayo del presente año, el OVCS documentó 80 muertes. En este mismo lapso el Ministerio Público ha reconocido el fallecimiento de 62 personas.

Las víctimas fatales se encuentran distribuidas en 11 estados del país. Distrito Capital, Carabobo, Miranda y Barinas concentran los mayores reportes.

El OVCS sostiene que los hechos de violencia y represión se incrementaron desde la activación del Plan Zamora, el pasado 18 de abril de 2017, y se agudizaron con la activación del Plan Zamora en una segunda fase, casi un mes después, el 17 de mayo de 2017.

Este plan promueve y consolida acciones conjuntas de las Fuerzas Armadas Nacionales Bolivarianas (FANB), milicianos y civiles armados, facultándolos inconstitucionalmente para actuar en el control del orden público o en cualquier otro ámbito que decidan que es de su interés.

EL OVCS recuerda que las acciones violentas realizadas por civiles armados, incorporados a la estructura de las FANB, amparados en el Plan Zamora, incrementan el expediente que en materia de violaciones de derechos humanos acumula el Estado venezolano.

En paralelo a la activación de este plan cívico-militar, la ONG denuncia que el gobierno realiza detenciones al margen del Estado derecho, en las que civiles son puestos a la orden de tribunales militares.

Esta situación es violatoria de los artículos 49 y 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y es contraria a la doctrina y jurisprudencia de derechos humanos, donde se establece que la jurisdicción penal militar no es competente para decidir sobre los derechos de un civil en un proceso penal, según lo establecido en los artículos 2.3 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Saqueos e intentos de saqueo 

Los saqueos e intentos de saqueo fueron permanentes durante estos dos meses, con un registro de 157 casos en todo el país, en los que fueron afectados numerosos establecimientos o transportes.

El OVCS reitera sus exigencias

  • Realizar las investigaciones pertinentes, de manera expedita y oportuna, para establecer las responsabilidades correspondientes por la muerte de manifestantes o terceros en el contexto de las protestas.
  • Poner fin a la ejecución del plan Zamora.
  • Poner fin al procesamiento de civiles en tribunales militares.
  • Realizar las investigaciones pertinentes, de manera expedita y oportuna, para determinar las responsabilidades correspondientes por tratos crueles inhumanos y degradantes, y detenciones arbitrarias ocurridas durante las manifestaciones.
  • Garantizar el pleno cumplimiento y respeto del artículo 68 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece: “Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley. Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público”.
  • Cumplir con el mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre medidas y acciones de orden público según la sentencia de El Caracazo.

Información de nota de prensa.

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