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La persecución política extiende sus tentáculos

Las órdenes de captura y el encarcelamiento de 10 alcaldes, 6 de las cuales ocurrieron en el último mes, confirman la agudización de un patrón represivo que podría consolidarse con las actuaciones de la asamblea constituyente, advierten defensores de derechos humanos  

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No solo las tanquetas o las bombas lacrimógenas asfixian y persiguen a la disidencia. La persecución política encontró en el sistema judicial y en los organismos policiales y militares un brazo fuerte que ejecuta sentencias exprés, desconoce procedimientos, desobedece órdenes y leyes con el único fin de intimidar y neutralizar a todo aquel que el poder considere “el enemigo”.

El gobierno venezolano tiene en su haber una cuenta de 645 presos políticos, según cifras consolidadas por la organización Foro Penal. 500 de ellos fueron detenidos en un período de tres meses y 23 días (1ro de abril 2017 al 23 de agosto de 2017), los otros 145 fueron privados de libertad en períodos intermitentes que comienzan en 2002, 2003, y de 2011 hasta 2016, así que el gobierno de Maduro quintuplicó la cifra en apenas un trimestre y dejó atrás a Cuba, que tiene 140 presos políticos, según la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional. Sin contar que Cuba y Venezuela son los únicos países de la región que en pleno siglo XXI mantienen personas presas por razones políticas.

Así como los números muestran la escalada, las acciones judiciales también reflejan el aumento de la persecución que han evidenciado graves y sistemáticas violaciones a los derechos humanos en “contra de sectores de la población críticos al gobierno”, explica Marino Alvarado, activista de DDHH y ex coordinador de Provea.

“Se pueden identificar tres líneas generales en los últimos meses: detenciones de activistas sociales, empresarios, líderes políticos e incluso personas que provienen del mismo chavismo, lo que llaman el chavismo critico; luego la cantidad de detenciones arbitrarias, masivas y sistemáticas en el contexto de las manifestaciones y en tercer lugar hostigamiento y represión en contra de quienes han sido electos por el voto popular, lo que finalmente no solo los afecta como individuos sino que afecta a la ciudadanía porque no se respetan los resultados de su voluntad y su decisión”.

Amnistía Internacional presentó en abril de este año el informe Silencio a La Fuerza: Detenciones Arbitrarias por Motivos Políticos en Venezuela, en el que detallan el catálogo de acciones ilegales por parte de las autoridades venezolanas para reprimir la libre expresión, en el que muestran cómo las autoridades venezolanas están utilizando el sistema de justicia de manera ilegal para incrementar la persecución y los castigos contra quienes piensan diferente.

Carolina Jiménez, directora adjunta de investigación de Amnistía Internacional para las Américas, explica que la particularidad del patrón de persecución en Venezuela es que hay una combinación de violaciones a los derechos humanos que afecta a una gama muy grande de personas, lo que demuestra un colapso del estado de derecho. 

“A esto se suma una crisis humanitaria que viola el derecho a la alimentación, a la salud, lo más básico que requiere una población, lo que se convierte en un coctel explosivo para el estallido social y frente a eso se cierran cada vez más los espacios para la participación política, la pluralidad y la libertad de expresión”, detalla Jiménez.

Pero para Jiménez, lo que ha ocurrido en los últimos meses es la agudización del patrón “las detenciones arbitrarias han sido planificadas, vayamos algunos años atrás y veremos los casos de Ledezma, Ceballos, Goicochea. Ahora las órdenes de detención contra los alcaldes son muchas y de manera reiterada por lo que comienza la huida y la clandestinidad. No es un patrón nuevo es la agudización del patrón que ya existía”.

La remoción de 12 alcaldes y la orden de detención de otros cinco están caracterizadas por procesos judiciales viciados y detenciones que tienen más características de secuestro que de arresto.

“La violencia promovida desde el Estado, sea líder político o ciudadano común, lo que demuestra es la intolerancia del gobierno hacia cualquier muestra de disidencia que se expresa no solo con arrestos sino a través de intimidación y hostigamiento”, destaca la directora adjunta de investigación de Amnistía.

“Se han presentado una serie de abusos que no tenían precedente concreto en Venezuela”, agrega Alvarado. Se refiere a casos como el del diputado Gilber Caro, a quien no solo se le allanó su inmunidad parlamentaria sino que estuvo 35 días detenido en el Sebin sin presentarlo en ningún tribunal aunque la norma obliga a que cualquier detenido sea presentado en un plazo máximo de 48 horas. O la desaparición forzada del ex general Raúl Isaías Baduel, quien desde el 8 de agosto fue sacado de su celda y trasladado a un lugar desconocido, según denunciaron formalmente sus familiares y abogados. 16 días después aún se desconoce su paradero, su estado de salud y las autoridades responsables de su custodia no han ofrecido ninguna información.

Otro tanto en el listado de casos es el incumplimiento expreso de las órdenes de libertad judicial como el caso del diputado Wilmer Azuaje o Yon Goicochea, quienes tienen boleta de excarcelación desde julio y aunque la Fiscalía y la Defensoría exigieron que se cumpliera la liberación emitida por los tribunales, el Sebin se niega a cumplirlas. Como ellos hay 18 personas más esperando su libertad. “No teníamos el antecedente de que un organismo policial se negara a cumplir una orden emitida por un poder público. Pareciera que se está configurando un patrón de actuación sin ningún tipo de norma y eso crea un estado de indefensión total en la población porque si se lo hacen a un diputado o un alcalde, qué puede esperar un ciudadano común”, señala Alvarado. 

La representante de Amnistía Internacional para las Américas añade: “una de las cosas más aberrantes que hemos visto en la región es el uso de tribunales militares, lo que ha sido distintivo de este gobierno. Una persona civil presentada ante tribunales militares es un escándalo y en Venezuela la cifra supera los 400. Ese número es una violación masiva e inaceptable para cualquier país que mínimamente respete los derechos de sus ciudadanos”.

A la medida

Una característica de la persecución es que las acciones se activan inmediatamente después de las declaraciones públicas de altos funcionarios del gobierno. El presidente Nicolás Maduro dicta las normas en transmisión televisiva y anuncia el siguiente objetivo político. Otro medidor de las posibles acciones surgen desde el set del programa Con el Mazo Dando, en el que el vicepresidente del Psuv, diputado y ahora constituyente Diosdado Cabello, señala personas que han sido acusadas por “patriotas cooperantes”, da los partes de detención de la llamada Operación Tun Tun del Sebin, difunde audios de llamadas intervenidas y muestra videos en el que acusa a personas de delitos que ni siquiera han sido presentados como pruebas ante la Fiscalía.  

El miércoles en una entrevista transmitida por VTV, Julio Chávez, miembro de la Asamblea Nacional Constituyente —convocada por Nicolás Maduro e instalada bajo acusaciones de fraude electoral— solicitó un antejuicio de mérito para el diputado y vicepresidente del parlamento Freddy Guevara para que se le retire la inmunidad parlamentaria, luego de señalarlo como vocero principal de “actos de terrorismo”.

El 20 de julio, diez días antes de que se concretara el proceso constituyente, el presidente Nicolás Maduro se había referido al diputado en una transmisión televisada desde el Círculo Militar en la cual amenazaba con meterlo preso al instalarse la ANC: “Muchachito estúpido, terrorista imbécil. Ya tiene su nombre la celda”, en alusión a Guevara, quien hacía la convocatoria al paro nacional de 48 horas.

Las amenazas asociadas a la instalación de la constituyente son un elemento que se agrega a los mecanismos persecutorios, que se concretaron con la destitución de la fiscal Luisa Ortega Díaz, quien tuvo que salir del país en una lancha luego de una orden de detención en contra de su esposo, el diputado Germán Ferrer y el allanamiento a su vivienda.

“Lo que ha estado ocurriendo en los últimos 10 años es legislar en función de la coyuntura. Solo se legisla para amenazar porque todos sabemos cómo es el sistema que mueve el aparato de justicia penal que tiene fines persecutorios. Es lo que se conoce como derecho penal del enemigo, es legislar en función de ir en contra del enemigo”, explica Magaly Vásquez, abogada especialista en derecho penal.

Uno de los ejemplos más reciente es la propuesta de la ANC de presentar una ley contra el odio, cuyo proyecto de ley y articulado se desconoce. Vásquez señala que en Venezuela ya existe una regulación penal que contempla algunas conductas dentro del Código Orgánico Procesal Penal como instigación al odio, apología al delito, instigación a la desobediencia a las leyes pero están relacionados con actos para delinquir y alterar el orden público. Las penas máximas contemplan seis años.

“Pero esta nueva legislación es demasiado indeterminada y subjetiva. Es el contenido que se le quiere dar porque por esta vía se pueden violar otros derechos que contempla la Constitución como la libre expresión de las ideas, el derecho a la libre reunión o a manifestar y con toda seguridad va a establecer penas más altas que las actuales”, precisa Vásquez.

Lo advierte porque la experiencia indica que en la última reforma del Código Penal realizada en 2005 se ampliaron las conductas que caracterizan este tipo de delitos porque estaban asociadas a situaciones concretas que ocurrían en ese entonces, como cacerolear a funcionarios o manifestaciones cerca de las viviendas. La abogada lo relaciona con los recientes casos de escrache a representantes del gobierno, como el ocurrido contra la rectora del CNE, Socorro Hernández, cuando hacía compras en un supermercado en Caracas.

“En esta ley se podrían incorporar casos supuestos para situaciones concretas y eso genera un mensaje de intimidación porque casi le ponen nombre y apellido a los delitos. Lo más riesgoso es la amplitud que se le quiere dar porque no va a regir como una única ley sino que incluye los medios a través de los cuales se puede hacer. Y todo basado en algo tan subjetivo como caracterizar el odio”, explica la abogada.

Lo poco que se conoce sobre la Ley Constitucional contra el Odio, la Intolerancia y por la Convivencia Pacífica presentada por Maduro ante la ANC, el 10 de agosto y que ya ha pasado dos discusiones en plenaria es que busca “frenar la campaña de odio y violencia por sectores extremistas de la oposición; condenar con pena de prisión de entre 15 a 25 años a todas aquellas personas que convoquen a acciones violentas y que generen caos y zozobra en la población; erradicar las expresiones discriminatorias político e ideológicas, fascistas, supremacistas y raciales”.

Cuando Maduro entregó la propuesta, el único y principal argumento que esgrimió fue resumido en esta idea: “Ha llegado la hora de superar las campañas de odio, intolerancia, violencia, persecución. Ha llegado la hora de, a través de un gran proceso político, de creación de conciencia y a través de leyes muy severas, castigar los delitos de odio, intolerancia, en todas sus formas de expresión”.

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