Esta semana, el presidente de la Asamblea Nacional (AN) de 2020, Jorge Rodríguez, declaró cerrado el segundo periodo de sesiones ordinarias 2024 con 17 leyes sancionadas a lo largo de este año, entre las que destacan dos legislaciones que buscan consolidar aún más la persecución contra la disidencia del chavismo: la ley Libertador Simón Bolívar y la ley contra las ONG.
Durante la plenaria de la AN 2020, Rodríguez hizo mención especial a estas leyes que, según el chavismo, fueron creadas para evitar la injerencia extrajera en el país y defender la soberanía de la nación.
“Se aprobó la ley de las ONG (primer periodo de sesiones) porque había que regular esos espacios utilizados para el robo, para obtener vasos comunicantes para el incendio. Y cuando intentaron mancillar el sagrado nombre de Bolívar, esta AN aprobó la ley Libertador para defender la República, a nuestro pueblo y desenvainar la espada para imponer justicia. El que vuelva a solicitar sanciones, que vaya a la cárcel por 30 años, que sea inhabilitado por 60 años y le sea aplicada la extinción de dominio”, exclamó.
También hizo mención además a la aprobación de la Ley de Fomento a las Exportaciones no Petroleras como uno de los instrumentos para combatir las sanciones internacionales contra el gobierno de Maduro.
De las leyes aprobadas este 2024 por la AN de 2020, ocho corresponden al primer periodo (5 de enero al 15 de agosto, incluidas sesiones extraordinarias) y el resto al segundo (15 de septiembre al 15 de diciembre).
“Nos atacaron y creyeron que con sanciones iban a poder arrodillarnos, pero no pudieron. Claro que ha sido doloroso el tránsito por estas agresiones, que el pueblo sufrió y hay hienas que siguen insistiendo en sanciones, pero a estas alturas queda claro lo inútiles que son. Dentro del dolor somos mejores venezolanos, más inteligentes, trabajadores, honestos y patriotas, más defensores de nuestra tierra, nuestro futuro y libertad”, sostuvo.
Ley contra las ONG busca destruir el tejido social de Venezuela
La Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y Organizaciones Sociales sin fines de lucro, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.855, busca imponer más requisitos para el funcionamiento y la creación de las ONG en Venezuela, y su incumplimiento queda sujeto a fuertes sanciones, incluso la disolución de oficio.
Acceso a la Justicia denunció que con esta ley «el gobierno venezolano aspira a destruir el tejido social, que es un patrimonio colectivo y que nos ha permitido resolver problemas que el Estado no alcanza a solventar».
Las ONG, según la nueva ley, deberán entregar anualmente sus libros y registros, además de informar periódicamente el financiamiento o donaciones que reciben.
A las organizaciones se les prohíbe recibir aportes económicos destinados a organizaciones con fines políticos o realizar aportes a los partidos, así como la promoción del fascismo o incitación al odio o cualquier otro acto prohibido en el ordenamiento jurídico.
La legislación también le confiere atribuciones al Ejecutivo nacional, establecidas en el artículo 13, especialmente la facultad de implementar mecanismos de control que permitan supervisar y sancionar las desviaciones de los sujetos que comprometan la soberanía nacional.
La Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela afirmó que esto expone a las organizaciones a una vigilancia permanente incluso a través de un posible control policial o de inteligencia. Además, sin acceso a los fondos de la cooperación internacional, muchas de estas organizaciones inevitablemente van a desaparecer, advirtió en su momento la misión.
Ley Simón Bolívar, un paso más hacia el modelo de Nicaragua
La llamada Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar Contra el Blanqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela pone al país un paso más adelante hacia el modelo de Nicaragua y facilita la “legalización de la arbitrariedad” en el gobierno de Nicolás Maduro, según expertos.
Con esta nueva legislación el gobierno venezolano busca castigar a quienes, según su criterio, soliciten sanciones para el país o se hagan eco de ellas, pero no deja claro bajo qué términos se considera que alguien promocione una sanción.
Esta ley tiene 20 tipo de sanciones, que además no serán impuestas por un juez sino por funcionarios administrativos y en la mayoría de los casos le da bastante poder al contralor de la República, quien es el encargado de las inhabilitaciones políticas.
A efectos de este texto, una persona puede ser inhabilitada políticamente hasta por 60 años. También hay multas económicas y penas de cárcel por acciones que se consideran medidas en contra de la soberanía, independencia, autodeterminación e integridad de Venezuela.
El artículo 23 contempla la creación de un registro nacional que incorporará la «identificación de las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respecto de las cuales exista una presunción fundada de estar incursa en alguna de las acciones contrarias a los valores y derechos irrenunciables del Estado».
A la persona o entidad incluida en ese registro podrá prohibírsele su entrada al país, suspender las visas que se le hubieren otorgado o negar las que solicitare. También se le podrán congelar sus activos, prohibir exportación de mercancías, prohibición de constitución de sociedades mercantiles, civiles o la participación en entidades de sustrato patrimonial, entre otras.
La Ley Simón Bolívar establece, incluso, sanciones contra medios de comunicación que bajo su criterio promuevan sanciones en contra de la nación.
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