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De la “muerte a los golpistas” a la “Ley Bolívar”

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«Muerte a los golpistas» fue la frase con la que el senador David Morales Bello concluyó su discurso en el Congreso de la República en defensa de la democracia que unos descontentos militares pretendieron irrumpir en la noche del 4 de febrero de 1992, siendo a nuestro juicio impropio para la coraza política y jurídica de un estudioso del derecho como él. En primer lugar, porque los golpistas ya estaban detenidos y luego la independencia de Venezuela se forjó, entre otras doctrinas, en el marco de la “Declaración Universal de Derechos del Hombre y del Ciudadano” que proclamó el respeto a la vida, reflejada en la Constitución de 1811 y en el decreto sobre los derechos individuales y las garantías de los venezolanos del 16 de agosto de 1863:

La vida: Queda en consecuencia abolida la pena de muerte y derogadas las leyes que la imponen… La libre expresión del pensamiento de palabra o por escrito: No hay, por lo tanto, delitos en materia de imprenta…

En ese sentido, aquella expresión de David Morales Bello no fue una decisión de la bancada de Acción Democrática en el Congreso de la República. Pero ¿ a qué viene este recordatorio? puede preguntarse quien nos lee. Pues bien, a propósito del primer centenario onomástico de David Morales Bello (04/12/1924-04/12/2024), injustamente olvidada su hoja de servicio a Venezuela.

28 años tendría cuando acompañaba al doctor Leonardo Ruiz Pineda en la fatídica noche del 21 de octubre de 1952, cuando la dictadura militarista de Marcos Pérez Jiménez le asesinó en una barriada de Caracas. A partir de entonces se tejió la idea de que Morales Bello, junto a otros que le abandonarían, lo que el tiempo demostró que era falso, pero nunca para sus sucesivos adversarios, dentro y fuera de Acción Democrática. A Rómulo Betancourt se le atribuyó desconfianza hacia él, sin conocerse enfrentamientos mutuos. Lo cierto es que Morales Bello, durante su vida política en el Parlamento nacional, sería la voz política y jurídica en nombre de Acción Democrática, tramitando la extradición del dictador Pérez Jiménez y más elocuente no pudo ser su discurso, al proponerse la enmienda N°1 de la Constitución de 1951, que inhabilitaba… “A quienes hayan sido condenados mediante sentencia definitivamente firme, dictada por tribunales ordinarios, a pena de presidio o prisión superior a tres años, por delitos cometidos en el desempeño de funciones públicas, o con ocasión de éstas”, y muchas intervenciones más con el reconocimiento de sus compañeros de generación que serían presidentes de Venezuela. Carlos Andrés Pérez y Jaime Lusinchi. Por supuesto, sin negar sus propias aspiraciones posiblemente convencido, que su puesto de  lucha estaba desde su curul y de donde sus discursos son de antología, hasta el pronunciado en la histórica sesión de las Cámaras Legislativas con motivo a los sucesos de aquel 4 de febrero de 1992, al exigir “muerte a los golpistas”, mientras Rafael Caldera absolviera la acción inconstitucional, supuestamente interpretando un descontento popular, plenamente identificado, más no aceptado y comprendido por cierta dirigencia política del momento, que le serviría de escalera para su personalista y consuetudinaria ambición presidencial hasta decretar el sobreseimiento de sus causas,  facilitando el acceso al poder de Hugo Chávez Frías que es “harina de otro costal”

¿Ahora cuál es el sentido de las precedentes consideraciones? Simplemente precisar que, si la exigencia de “muerte a los golpistas” fue un impulso emocionante de Morales Bello, nunca fue una propuesta de Acción Democrática, y vale recordar si cuando Henry Ramos Allup confesara que fue él quien le pidió a Morales Bello que interviniera en nombre de Acción Democrática en tan célebre sesión.

—Él solo me hizo una pregunta: “¿Tiene alguna recomendación especial?”. “Ninguna, doctor Morales, todos nos atenemos a las palabras que usted pronuncie” —para concluir años después diciendo que la expresión “muerte a los golpistas” fue un “arresto de patriotismo y de sinceridad”. Nunca respondería, ¿por qué no fue, el mismísimo jefe de la fracción parlamentaria de AD quien interviniera? Menos afirmarse por algunos de su mala interpretación, porque de lo que se trataba era de muerte “civil, ir a la cárcel”, que es de lo que se trata ahora, que solo tiene parangón 32 años después con la aprobación en la Asamblea Nacional de la ambigua “Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar”. Normas que disponen prisión de hasta 30 años o la inhabilitación política por 60 años contra personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que “pidan” o “apoyen” la imposición de sanciones contra “la ciudadanía, las instituciones del Estado o las autoridades”. En aquella intención establece sanciones contra medios de comunicación que, según criterios del Ejecutivo, “aúpen” las medidas que resultan, mutatis mutandis, una pena de muerte ciudadana al mismo tenor de la “Ley HR 825, también llamada ‘Ley Bolívar’, que aprobó la Cámara de Representantes de los Estados Unidos”, solo que esta, define sus sancionados y la otra generaliza con supuestos escenarios que desconocen elementales principios constitucionales, trascendentales por lo demás.

“Ley Bolívar” han sido calificadas las comentadas disposiciones que ofenden el legado intelectual del Libertador, quien, precisamente conociendo la perfidia de algunos de sus conciudadanos, confesara proféticamente… “Con mi nombre se quiere hacer en Colombia el bien y el mal, y muchos lo invocan como el texto de sus disparates”. No sé, ¡qué de disparates se han cometido!

A cien años del onomástico de David Morales Bello, aquella exaltación “muerte a los golpistas” no se dio, muriendo con él; llegando al poder desde donde la mismísima expresión solo ha cambiado de calificativo, ahora es “muerte a los demócratas”.

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