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Gobierno de Milei amplía criterios de exclusión para solicitantes de asilo en Argentina: aquí los detalles

Las modificaciones introducidas a la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado agrega entre los criterios de exclusión la imputación o condenas fuera del país por delitos graves
Por EFE
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El gobierno de Javier Milei amplió este martes los criterios de exclusión para solicitantes de asilo en Argentina y los motivos de revocación de la condición de refugiado, con el fin de evitar «la infiltración de personas» que podrían cometer delitos y para agilizar la gestión de solicitudes.

«Es imperativo ajustar el régimen de refugio para evitar que sea utilizado como herramienta para eludir la justicia y para que funcione eficazmente como un mecanismo de protección para quienes realmente lo requieran, sin comprometer la seguridad nacional, y dentro de plazos razonables en la duración de los procesos», explica un decreto publicado este martes en el Boletín Oficial.

Con base a esto, y tras advertir además sobre el «abuso del régimen de refugio» por parte de «grupos terroristas y criminales internacionales» con el fin de «extender sus redes», el Gobierno incluyó una serie de nuevos criterios entre los motivos por los cuales la Comisión Nacional para los Refugiados (Conare) puede rechazar solicitudes de asilo.

Las modificaciones introducidas a la Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado agrega entre los criterios de exclusión la imputación o condenas fuera del país por delitos graves, entre los que incluye aquellos que tengan en Argentina una pena mayor a 10 años de prisión, además de aquellos que «afecten a la vida, la libertad, la integridad física o sexual de las personas».

También, incluye aquellos delitos que «sean realizados en el marco de la delincuencia organizada» y aquellos que «afecten el patrimonio» y hayan sido perpetrados con fuerza o violencia.

Por otra parte, el decreto incluye la participación en «actividades terroristas», las violaciones graves de derechos humanos y «cualquier otra acción que comprometa la paz y la seguridad internacionales» como motivos para denegar el asilo, ampliando así algunos criterios que ya se encontraban en la ley aunque en términos más genéricos.

Por último, se denegará también el asilo a quienes hayan facilitado, incitado o participado en los delitos previamente mencionados.

En cuanto a la ampliación de los motivos de revocación de la condición de refugiado, la única modificación es la inclusión del abandono del territorio argentino y el establecimiento en otro país que provea protección, mientras que también se extiende la revocación, más allá del motivo, a quienes hubiesen obtenido la condición de refugiado como consecuencia del derecho de reunificación familiar.

El decreto explicó que los cambios introducidos responden además al «número significativo de migrantes» que realiza solicitudes de refugio ante Argentina «por motivos que no guardan ninguna relación con la definición de refugiado contenida en la ley» sumado a «la lentitud del procedimiento administrativo y del proceso judicial», que «obstruye y dilata los trámites de aquellas personas que efectivamente requieren» del refugio.

A partir de 2016, Argentina observó un aumento del 225 % en los inicios de trámites de refugio; en tanto las solicitudes de asilo de personas provenientes de Medio Oriente han mostrado «un incremento significativo» que se mantiene en un rango de 60 a 93 % anual.

Argentina considera «necesario» implementar procedimientos «expeditos» para la tramitación de los asilos porque actualmente la duración promedio de un expediente administrativo de refugio en Argentina es de cuatro años y, cuando se judicializa la decisión, de siete años.

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