La pena de muerte vuelve a estar en el punto de mira tras la posibilidad de que Daniel Sancho, hijo del actor Rodolfo Sancho, acabe condenado a la pena capital tras el asesinato del cirujano Edwin Arrieta.
Aunque todavía no se ha dictado sentencia, este mediático caso ha reabierto el debate sobre la abolición de los castigos letales. De acuerdo con los datos de Amnistía Internacional, en la actualidad, además de Tailandia, 54 países mantienen la pena de muerte para delitos comunes en su legislación.
En este artículo, repasamos qué países mantienen este tipo de castigos y detallamos cuáles son los territorios con más ejecuciones.
55 países mantienen la pena capital
Según los datos que recoge el informe de 2022 de Amnistía Internacional, 55 países mantienen la pena de muerte para delitos comunes en su legislación: «Afganistán, Antigua y Barbuda, Arabia Saudí, Bahamas, Bahréin, Bangladesh, Barbados, Belice, Bielorrusia, Botsuana, China, Comoras, Corea del Norte, Cuba, Dominica, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Estados Unidos de América, Etiopía, Gambia, Guyana, India, Indonesia, Irak, Irán, Jamaica, Japón, Jordania, Kuwait, Lesoto, Líbano, Libia, Malasia, Myanmar, Nigeria, Omán, Pakistán, Palestina (Estado de), Qatar, República Democrática del Congo, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Singapur, Siria, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Tailandia, Taiwán, Trinidad y Tobago, Uganda, Vietnam, Yemen y Zimbabue.»
Aunque, 23 países mantienen la pena capital en la práctica para delitos como el asesinato, Amnistía Internacional considera que podrían ser «abolicionistas en la práctica», dado que durante los últimos 10 años no han ejecutado a nadie. Estos países son: «Argelia, Brunéi Darussalam, Camerún, Corea del Sur, Eritrea, Esuatini (antigua Suazilandia), Ghana, Granada, Kenia, Laos, Liberia, Malawi, Maldivas, Malí, Marruecos y Sáhara Occidental, Mauritania, Níger, Rusia, Sri Lanka, Tanzania, Tayikistán, Tonga y Túnez».
Además, en nueve países sólo se contempla esta práctica ante delitos excepcionales, como los previstos en el código penal militar o los cometidos en circunstancias excepcionales. Estos territorios son: «Brasil, Burkina Faso, Chile, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Israel, Perú y Zambia».
China, el país con más ejecuciones
China siguió siendo el mayor ejecutor mundial. La cifra oficial es de 883 ejecuciones. No obstante, se desconoce la verdadera magnitud del empleo de la pena de muerte en ese país, al estar clasificados los datos relacionados con ella como secreto de Estado. De hecho, Amnistía Internacional las cifras en miles.
Excluyendo a China, los mayores ejecutores son Arabia Saudí (196), Egipto (24) e Irán (al menos 576). Estos tres países registran el 90 % de las ejecuciones realizadas a nivel mundial.
De acuerdo a los datos que maneja Amnistía Internacional, en 2022 se han producido 2016 condenas a muerte en 52 países, lo que supone un leve descenso frente a las 2052 condenas que se registraron en 2021. En estas cifras no se contabilizan tampoco los datos del gigante asiático. Sin embargo, el pasado año se registraron 883 ejecuciones repartidas en 20 países, «lo que supuso un incremento del 53% con respecto al año 2021, en el que se registraron al menos 579 ejecuciones”, indican en la página web del organismo.
Pena de muerte en España
En el proyecto del Código Penal de 1822 ya «se especuló tibiamente con la posibilidad de desterrar la pena de muerte de nuestro ordenamiento jurídico», señala el catedrático de derecho penal en la Universidad de Murcia, Gerardo Landrove Díaz, en su artículo ‘La abolición de la pena de muerte en España’ . Sin embargo, no es hasta la promulgación del Código Penal de 1932 durante el gobierno de la Segunda República cuando se suprime por primera vez la pena capital. La tregua duró poco, ya que en 1934 se restableció para los delitos de terrorismo y bandolerismo. Poco después, durante la Guerra Civil, Franco reincorporó plenamente la pena de muerte en el Código Penal de 1938.
Hubo que esperar hasta 1978 para que fuera abolida en España. El artículo 15 del texto constitucional de 1978 así lo recoge: «Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra», indica el artículo. Posteriormente, en 1995 bajo la Ley Orgánica del 27 de noviembre queda también abolida la pena de muerte en tiempo de guerra.
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