La Red de Suscriptores y Usuarios de los Servicios de Suministro de Agua Potable y de Saneamiento de Nueva Casarapa, Guarenas, exige a Hidrocapital que indemnice a los vecinos por el mal servicio que presta a la comunidad.
En el comunicado se especifica que parte de los conjuntos residenciales de Nueva Casarapa, urbanización donde habitan 8.527 familias de Guarenas, recibieron un «aviso de suspensión por falta de pago en los servicios prestados» por primera vez en casi una década de relación comercial con Hidrocapital.
¿Cuáles «servicios prestados»?, pregunta la comunidad.
- Hidrocapital somete a la comunidad a un racionamiento infrahumano y lapsos prolongados sin una gota de agua debido a supuestas fallas en el Sistema Taguaza y averías en el acueducto. Esta situación tiene efectos más drásticos en Nueva Casarapa que en otros sectores como La Arboleda, en la cercana urbanización El Bosque, por ejemplo, donde cuentan con tanques subterráneos.
- Suministra agua no potable. Frecuentemente se observa turbidez, coloración y olor extraño.
- No repara fugas de aguas blancas y, cuando esta llega, se deterioran calles y avenidas; tampoco repara fugas de aguas servidas que anegan vías y contaminan el ambiente. Algunas fugas son históricas por la cantidad de años transcurridos.
- Mantiene a la población en una incertidumbre permanente por ausencia de información sobre el suministro en un medio oficial y público.
- No responde formalmente cartas y reclamos y, a veces, para un misma solicitud de información circulan versiones diferentes.
- Dice que no tiene suficientes recursos para reparaciones de su competencia y realiza algunas con previo «apoyo de la comunidad» que determinadas juntas recaudan vía recibo de condominio.
- No regula la presión del fluído y no llega agua para todos o, en sentido contrario, la excesiva presión fractura tuberías en propiedad privada.
- Recibió la otrora planta de producción de agua potable de Hidrocasarapa, pozos y el acueducto de Nueva Casarapa en 2013 para su administración, cuidado y mantenimiento. En aquel año, la alcaldía e Hidrocapital dijeron que la empresa hidrológica administraría una infraestructura de propiedad comunitaria (Hidrocapital y la alcaldía nunca han entregado documentos para el ejercicio de este supuesto derecho de propiedad). La planta está destruida; los pozos, inhabilitados; las estaciones de bombeo, desmanteladas o disminuidas en su capacidad; y uno de los tres grandes tanques del acueducto, deteriorado y fuera de servicio.
- Elevó arbitrariamente la categoría de los apartamentos de Nueva Casarapa hasta «residencial 4» y, así, aplicó una tarifa más alta.
- Estima un consumo de 25 metros cúbicos de agua potable cada 30 días por apartamento, 36 metros cúbicos por casa en igual lapso y, sin suministrarlos, cobra por ellos.
El agua garantiza la supervivencia de todas las especies animales y vegetales que habitan en nuestro planeta.
Parte baja de #NuevaCasarapa, una vez más, #sinAgua
¡Qué no te engañen!#sinAguaPotable NO hay #Salud #indemnizaciónYa#bastaDeMaltrato #3Agosto @NestorLReverol pic.twitter.com/E8QxkDQTOV
— Red Agua de Nueva Casarapa (@red_NCasarapa) August 3, 2022
Hidrocapital debe prestar un servicio de alta calidad
De acuerdo cobn el sitio web de la empresa, continúa la Red de Agua de Nueva Casarapa, Hidrocapital está comprometida en prestar a sus clientes un servicio de alta calidad en agua potable y saneamiento. «La realidad: el servicio es muy malo. Durante los últimos dos años, se ha sufrido como nunca antes los efectos del pésimo servicio y, para colmo, en agosto de 2021, un insólito e impresionante aumento de la tarifa, cuando deberían pagar indemnización«.
Ahora, señala, la empresa emite «aviso de suspensión por falta de pago en servicios prestados», pero antes no justificó jurídica ni económicamente el aumento. Se desconoce decreto, providencia o resolución de algún ente público que apruebe o autorice el aumento.
«Sí se sabe que el daño al patrimonio de los usuarios es diverso, desde la compra de agua potable embotellada hasta pago en lavanderías; sin contar con posibles daños físicos personales por cargar agua y daños psicológicos por estrés. Los perjuicios también son variados porque la falta de agua afecta el desempeño laboral de la población económicamente activa», advierte.
"Aviso de suspensión" llegan a condominios de Nueva Casarapa, #Guarenas, por primera vez en más de ocho años.
Pero nunca ha llegado la justificación (económica y legal) de aumentos de factura mensual, ni plan para un suministro continuo de #AguaPotable, sin coloración ni olor. pic.twitter.com/puvjs09zWD— Muévete Nueva Casarapa (@MueveteCasarapa) July 22, 2022
La Red de Agua de Nueva Casarapa, exhorta:
- A los vecinos con competencias profesionales, a colaborar en la reversión de cobros por servicios no prestados y a realizar estudios jurídicos, económicos, contables y administrativos necesarios y, más allá, estimar los daños y perjuicios causados para demandar judicialmente a Hidrocapital y solicitar la correspondiente indemnización.
- A todos los vecinos a participar activamente en la lucha por el derecho humano al agua potable, el cual «es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos», según lo dicho por Naciones Unidas.
- A los presidentes de juntas de condominio, a informar amplia, detallada y oportunamente lo concerniente a la relación comercial con Hidrocapital (mostrar contrato y facturas, por ejemplo) y a consultar cualquier medida que posiblemente afecte el suministro, evitando así controversias innecesarias y carreras por falta de fondos.
- A las personas naturales o jurídicas que administran condominios conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, a prestar la asesoría jurídica adecuada a sus clientes.
Al alcalde y concejales del municipio Plaza, exige que:
- Asuman las competencias constitucionales y legales vigentes respecto a los servicios públicos domiciliarios de suministro agua potable y de saneamiento. Al Poder Público Municipal corresponde la prestación de dichos servicios conforme a los artículos 178.6 de la CRBV; 56.2.f , 63 y 64 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; y 11 de la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento,
- Representen idóneamente a los habitantes del municipio ante Hidrocapital, y
- Informen inmediatamente cuáles son las ordenanzas, políticas, programas, presupuestos y proyectos generales y específicos para satisfacer las necesidades de agua potable en Nueva Casarapa y Guarenas.
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