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TSJ en el exilio suspendió a Maduro y pidió iniciar proceso de transición

La decisión inhabilita al mandatario para cargos públicos, lo cual implica que tampoco puede ser candidato

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La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio declaró ayer su competencia para continuar conociendo todas las fases del juicio contra el presidente Nicolás Maduro “por los presuntos delitos de corrupción propia y legitimación de capitales”.

Por tal motivo ordenó la suspensión de Maduro como presidente de Venezuela y su inhabilitación para el ejercicio de cualquier otro cargo de la función pública.

“Este Tribunal Supremo de Justicia declara expresamente la suspensión de Nicolás Maduro Moros como presidente de la República Bolivariana de Venezuela y su inhabilitación para el ejercicio de cualquier otro cargo de función pública. Todo ello en aplicación del artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal. Suspensión e inhabilitación que se mantendrán durante todo el juicio que va a ser llevado por este tribunal”, indicaron los magistrados.

El ex magistrado Juan Carlos Apitz explicó que la inhabilitación de Maduro implica que no puede ser candidato mientras dure el juicio. Y es así como el TSJ en el exilio ordenó notificar al Consejo Nacional Electoral que ejecute la inhabilitación de acuerdo con el artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal.

Además, la decisión exhorta a la Asamblea Nacional a iniciar el procedimiento que permita la transición constitucional de la Presidencia de la República, de conformidad con los artículos 233 y 234 de la Constitución.

Esos artículos regulan las faltas absolutas y temporales del presidente. En este caso, dado que se trata del último año del periodo constitucional,  la falta absoluta del mandatario la supliría el vicepresidente de la república hasta que culmine el periodo.

En la decisión se ordena a “la Fuerza Armada Nacional y al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas la captura y detención de Nicolás Maduro Moros y colocarlo a la orden de este tribunal”. Asimismo, notificar a Interpol “para que, de acuerdo con sus protocolos internos, incluya a Nicolás Maduro entre las personas con alerta roja”.

Se manda que la decisión sea notificada a Nicolás Maduro, a la AN, a la Fiscalía general, al CNE, al Ministerio de la Defensa, al Cicpc, a la dirección general sectorial de contrainteligencia militar y al Sebin.

Igualmente se notificará a la secretaría de la ONU, la secretaría general de la OEA, a la presidencia de la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y a las cancillerías de los países que integran el Grupo de Lima sobre la suspensión e inhabilitación de Maduro.

La decisión fue firmada por 25 de los 27 magistrados de la Sala Plena. Se abstuvieron Thomas David Alzuru y Alejandro Jesús Rebolledo.

Ahora se abre un abanico de posibilidades en el país por cuanto lo más seguro es que el presidente Maduro y el vicepresidente Tarek el Aissami no acaten la decisión, y queda entonces que el Parlamento haga cumplir la Constitución.

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