A través de una sentencia, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prohibió al semanario local El Heraldo “realizar publicaciones en forma impresa, digital o por suscripción privada, de imágenes que contengan carga o contenido sexual implícito a través de retratos, fotos, anuncios publicitarios o direcciones electrónicas”.
El TSJ explicó que la decisión se hace extensiva “a todas las situaciones análogas”. Exhortó al Ministerio de Comunicación y el ente regulador de comunicaciones, Conatel, para que “ordene la cancelación de las direcciones electrónicas de contenido pornográfico explícito o implícito”.
El Poder Judicial hizo pública esta sentencia debido a que dos mujeres interpusieron un “amparo constitucional”, por una publicación que habría realizado El Heraldo.
El tribunal ordenó al Ministerio Público abrir una investigación “a los efectos de determinar si con ocasión de esta difusión impresa o digital del semanario (…) se ha incurrido en delitos o faltas que pudieran ofender a las mujeres representantes de cargos públicos”.