El papel de una constitución es contener normas y principios fijos que sostengan la convivencia ciudadana en un país. Los constantes cambios que se le hacen en algunas naciones de América Latina impiden que cumplan cabalmente su función.
Dos casos llaman la atención del político alemán Norbert Lammert, ex presidente del Parlamento alemán: Venezuela y Colombia.
Lammert asistió a una conferencia en Cartagena, Colombia, donde se analizaría el papel de las constituciones en procesos de transición. La Deutsche Welle le pidió su opinión sobre los procesos que viven estos dos países.
Lammert, del partido Unión Demócrata Cristiana de Alemania, CDU, fue entre 2005 y 2017 presidente del Parlamento Federal de Alemania. A comienzos de 2018 asumió la presidencia de la Fundación Konrad Adenauer.
—¿Que piensa del caso venezolano, donde la asamblea constituyente ha estado tratando de adoptar una nueva constitución durante dos años, pero todavía no ha podido presentar ningún resultado? La oposición dice que el gobierno solo quiere controlar el Parlamento…
—El caso de Venezuela no se puede comparar con serios debates constitucionales. La convocatoria de una asamblea nacional constituyente ya era un intento obvio de eludir a un parlamento electo cuya mayoría no era amigable con el régimen, y reemplazarlo por un parlamento alternativo mediante una asamblea constituyente. Esto ya no tiene mucho que ver con debates constitucionales serios.
—¿Qué pasaría hipotéticamente en Alemania en tal caso?
—Para ello existe en la Constitución alemana un procedimiento establecido, que es el recurso ante el Tribunal Constitucional Federal. Esta vía se aplica en el caso de la violación de los derechos fundamentales, en la que todo ciudadano puede recurrir al Tribunal Constitucional si tiene la impresión de que cualquiera de sus derechos fundamentales es violado por la acción del Estado, por una ley o por alguna acción oficial. Pero también se aplica a cuestiones de procedimiento cuando, por ejemplo, los partidos en los parlamentos sienten que se han violado sus derechos. Y luego el Tribunal Constitucional Federal decide si tal violación existe o no. Y esta decisión es vinculante para todos.
La Fundación Konrad Adenauer es la segunda mayor asociación con fines políticos de Alemania. Ha tenido vinculación con muchos partidos en Latinoamérica, sobre todo los que fomentan los principios demócrata-cristianos. En Venezuela, ha estado ligada tradicionalmente con Copei, pero en 2011 también manifestó su apoyo a Primero Justicia.
—¿Cómo evalúa usted los intentos de cambiar la Constitución en algunos países de América Latina para influir en las elecciones?
—En principio, cualquier definición estructurada de las condiciones políticas debe ser bienvenida como un medio para legitimar las posiciones de poder y, a nuestro entender, es realmente indispensable para una sociedad ilustrada. La satisfacción con este proceso, que también se viene observando desde hace algún tiempo en América Latina, se ve un tanto atenuada por la frecuencia de las enmiendas constitucionales, pero también de las constituciones completamente nuevas, en las que, por supuesto, a veces surge la sospecha de que se crearon para dar un marco para nuevas ambiciones políticas, mientras que la lógica de una constitución, a la inversa, significa establecer unas condiciones fijas y estables para los partidos y los candidatos que compiten entre sí.
—¿Qué opina sobre el debate constitucional en Colombia, donde algunos grupos proponen, por ejemplo, eliminar la mención del Acuerdo de Paz de la Constitución?
—Esta es absolutamente la decisión soberana de un Estado de si se debe incluir o no una cosa en una constitución. También en Alemania tenemos a veces un debate considerable sobre la cuestión de si esto o aquello tiene que ser regulado, y si realmente tiene que ser incluido en la Constitución. Personalmente, soy muy reticente a escribir en la Constitución todo lo que pueda sobre lo que uno considera importante, especialmente porque esto limita el alcance de los acuerdos alternativos. Hay buenas razones por las que el obstáculo para las enmiendas constitucionales es mucho mayor que para las enmiendas a las leyes normales.